Alcaldía de Cartagena establece nuevo decreto para caballos cocheros
Quedaría ordenado que todo jinete de coche posea una licencia de conducir expedida por el Datt.
A través del Decreto 0656, la alcaldía de Cartagena dictó medidas de seguridad, salubridad y protección animal y ordenamiento del tránsito relacionado con el servicio de coches en el Distrito de Cartagena
El alcalde de la ciudad estableció que se realizó una asignación de autoridad especial al Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte para velar por el cumplimiento del decretoEntre los puntos importantes del decreto se establecen las siguientes exigencias: peso de los caballos, cupo máximo por coche, certificado de identificación de cada caballo, dos caballos por coche y horarios de circulación de 5 p.m. a 11 p.m
Entre los puntos que establece el nuevo decreto esta la identificación de los caballos mediante un microchips el cual contendrá toda la información del animal en cuanto a su estado de salud
Quedaría ordenado que todo jinete de coche posea una licencia de conducir expedida por el Datt
El caballo deberá tener un peso mínimo de 350 kilos y una talla mínima de 1,45 metros, halar hasta 2,5 veces su peso corporal, de tal manera que solo se les podrá imponer una carga máxima de 775 kilos
Los caballos utilizados para el servicio de coches deberán tener una edad mínima de 4 años y que una vez cumpla 6 años de trabajo deberá ser llevado a una asociación campesina.




