Consejo de Estado le puso límites al ruido en las iglesias
Los cantos, instrumentos musicales y equipos de sonido ueden llegar a afectar la intimidad de los vecinos.


El Consejo de Estado estableció que ninguna iglesia religiosa puede superar los 70 decibeles en el horario diurno y 60 en el horario nocturno con el fin de evitar la violación al derecho a la intimidad de las demás personas
Al fallar una tutela la corporación explicó que la utilización de cantos, palmas y prédicas con apoyo de instrumentos musicales y equipos de sonido, a la hora de hacer actividades relacionadas con el credo, pueden llegar a afectar la intimidad de sus vecinos
De acuerdo con el alto tribunal "sobrepasar los niveles de ruido autorizados por la ley puede impedir el libre desenvolvimiento de la vida privada y constituye por lo tanto, una injerencia arbitraria que vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar”
Agrega la sentencia que “se constituye un uso abusivo de la libertad de cultos, un ejercicio de ese derecho que produzca ruido por fuera de los parámetros normativos máximos establecidos en la ley”
Este pronunciamiento se da luego de que fueron amparados los derechos de varios ciudadanos de Neiva, (Huila), quienes se quejaron por los niveles de ruido que emitía la Iglesia Cristiana Agua Viva




