Suspensión de destitución de Petro incluye fallo del 9 de diciembre
El magistrado José María Armenta precisó que el proceso sancionatorio queda paralizado desde la primera sentencia.
En el punto dos de su decisión, el magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, José María Armenta, señala que la orden de suspender la destitución del alcalde Bogotá, Gustavo Petro, cobija el fallo inicial y la confirmación de la sanción que hizo la Procuraduría el pasado lunes 13 de enero
“Decrétese la suspensión provisional de los efectos jurídicos del fallo disciplinario de fecha 9 de diciembre próximo pasado y la decisión confirmatorio de éste, de fecha 13 de enero de 2.14, proferidos por el Procurador General de la Nación, por medio de los cuales se impuso las sanciones disciplinarias de destitución e inhabilitad para ejercicio de cargos públicos, al señor Gustavo Petro Urrego, en su condición de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con la parte motiva de esta providencia. La suspensión provisional que se ordena, ha de entenderse hasta cuando se adopte la decisión de fondo que ponga fin a este proceso de tutela”, señala el punto dos de la decisión.



