España permitirá el aborto en caso de violación o riesgo para la madre
La intención de la modificación es, además, respetar la doctrina del Tribunal Constitucional, de 1985.
El Gobierno español modificó la legislación sobre el aborto para suprimir la normativa actual, basada en que se podía hacer libremente dentro de unos plazos, y volver así al sistema de supuestos, con sólo dos: embarazo resultado de violación y riesgo de daño físico o psíquico para la madre
La reforma aprobada por el Consejo de Ministros es la segunda desde que en 1985 el Ejecutivo socialista de Felipe González despenalizara la interrupción del embarazo en los supuestos de violación, perjuicio para la madre y riesgo de malformación del feto
Es este tercer supuesto el que ahora va a quedar fuera de la ley, aunque podría producirse legalmente el aborto de un feto mal formado si de esa circunstancia se deriva un perjuicio psíquico o físico a la madre
Para poder abortar en este caso debe probarse con un informe tanto el eventual daño psíquico o físico a la mujer como que la malformación del feto es incompatible con la vida
La reforma de la ley del aborto estaba presente en el programa con el que el Partido Popular (centroderecha) ganó las elecciones de noviembre de 2011, como recordó hoy el titular de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón
La intención de la modificación es, además, respetar la doctrina del Tribunal Constitucional, de 1985, que pretendía defender el derecho de la mujer y el del feto concebido
En el caso del feto, según Gallardón, su derecho fue quebrado "unilateralmente" por la reforma aprobada en 2010 por el Ejecutivo del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, que estableció el aborto libre hasta la semana catorce
Esa norma, hasta ahora en vigor, preveía el aborto legal hasta la semana 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto, y situó en los dieciséis años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción del embarazo
Cuando la reforma aprobada hoy sea ratificada por el Parlamento el aborto por riesgo para la madre podrá realizarse hasta la semana vigésimo segunda, mientras que en el caso de un embarazo por violación podrá hacerse hasta la décimo segunda semana y siempre que haya existido una denuncia previa del delito sexual
La interrupción del embarazo se hará con determinadas condiciones, como un informe suscrito por dos médicos que la justifiquen adecuadamente y que se practique en centros reconocidos
La norma también obligará a que la mujer sea asesorada convenientemente antes de decidir si aborta y sin que ello sea un "trámite", como Gallardó considera que ocurre ahora
Las menores que estén dentro de un supuesto y quieran abortar tendrán que informar a sus padres o tutores, mientras que hasta ahora la regulación vigente permitía que no informaran a sus progenitores si alegaban coacciones o amenazas en el ámbito familiar
La reforma prevé penas para los médicos que realicen aborto fuera de los supuestos establecidos, que serán de uno a tres años de cárcel para los facultativos que la practiquen con consentimiento de mujer, y de 4 a ocho años de presión si se hace bajo amenaza o engaño
Recién aprobada, la normativa ya ha generado polémica y controversia de opiniones
Los socialistas anunciaron su rechazo y pedirán a las 76 diputadas del PP que voten en el Parlamento según su conciencia, de modo que sean sensibles a lo que consideran una norma que limita sus derechos
Otras formaciones de izquierda y movimientos feministas criticaron lo que consideran un retroceso en los derechos de la mujer y responsabilizaron al GobiernoEn la parte contrario, grupos en favor del derecho a la vida del feto se mostraron satisfechos, aunque entienden que la nueva norma es insuficiente si el objetivo es suprimir el aborto
Desde Bruselas, donde asistió a la cumbre de la UE, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, dijo que la reforma aprobada hoy va en la línea de la ley que estuvo en vigor en España durante más de veinte años y que fue aprobada por los gobiernos de González.




