Salud y bienestar

Reclusos con sida y cáncer sí pueden estar detenidos en penales

Tribunal de Bogotá sentenció que es ilegal aprobar el beneficio sólo con la certificación de la enfermedad catastrófica

Reclusos con sida y cáncer sí pueden estar detenidos en penales

El Tribunal Superior de Bogotá hizo una advertencia a los jueces del país sobre la ilegalidad de aprobar la detención domiciliaria u hospitalaria a los presos que certifiquen que padecen enfermedades como SIDA y cáncer

“Los Jueces no pueden autorizar automáticamente la prisión domiciliaria u hospitalaria por enfermedad grave de un indiciado, procesado o condenado cuando éste padezca enfermedades catastróficas como el sida o cáncer, porque en la mayoría de eventos dichos sujetos están en una situación que resulta compatible con la privación de la libertad y, por ello, el Juez que por la sola existencia de una enfermedad de dicha naturaleza disponga de esta medida estaría incurriendo en una decisión manifiestamente ilegal”, precisa la sentencia

El Tribunal en fallo de tutela le ordenó al Inpec que en coordinación con Caprecom ordene la práctica de exámenes a un recluso con SIDA, quien alega que por su condición de salud no puede seguir recluido en la Penitenciaría La Picota

Las pruebas deberán ser remitidas a Medicina Legal para que el Instituto de Ciencias Forenses haga la evaluación del estado clínico del recluso y entregue su informe al juez de Ejecución de Penas para que este con todas las evidencias tome la decisión de si concede o no el beneficio.

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