No existe un fuero especial disciplinario para los militares
Según el Consejo de Estado, la Procuraduría es el órgano competente para investigar a los integrantes de las FF.MM.


Así lo estableció el Consejo de Estado al fallar que es la Procuraduría el órgano competente para investigar o sancionar disciplinariamente a los integrantes de la Fuerzas Militares, pues en el país no existe un fuero especial que los investigue en este aspecto
Según el Alto Tribunal, la Constitución Política no crea un fuero disciplinario especial para quienes integran las fuerzas armadas, es decir, una autoridad especial encargada de su procesamiento
“Los miembros de las Fuerzas Militares están sujetos a la regla general de competencias en materia de la potestad disciplinaria, a saber, ejercicio ordinario por las autoridades militares, y ejercicio extraordinario y preferente por la Procuraduría General de la Nación”, indica la Corporación
Al respecto, el pronunciamiento de la corporación fue hecho por la Sección Segunda del Consejo de Estado al confirmar la sanción impuesta por la Procuraduría General al coronel en retiro del Ejército Roberto Charry Solano, quien se vio involucrado en un operativo militar donde falleció el teniente José Simón Talero Suárez, el 14 de julio de 1999, en Bogotá
De acuerdo con el magistrado ponente del fallo, Gustavo Gómez Aranguren, si bien fue la Procuraduría la que procesó y sancionó al señor Charry y no fue una autoridad disciplinaria militar, no se violó el debido proceso porque no existe un fuero disciplinario especial para los miembros de la Fuerza Pública
Por el contrario, la Sala se declaró sorprendida de que al oficial solo se le haya disciplinado por dos conductas graves y no por todas las demás irregularidades detectadas en el proceso, teniendo en cuenta que son claras las mentiras del coronel Charry en sus declaraciones.




