Jóvenes cabeza de familia no están obligados a prestar servicio militar: Consejo de Estado
El alto tribunal recordó que se encuentran exentos de prestar el servicio militar obligatorio los hijos de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años.
El Consejo de Estado ordenó desacuartelar a un joven que fue reclutado para prestar el servicio militar debido a que era quien respondía económicamente por su mamá, quien tiene serias afecciones de salud
El alto tribunal recordó que se encuentran exentos de prestar el servicio militar obligatorio los hijos de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años, cuando éstos carezcan de renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos
El servicio militar es un deber constitucional que no supone que quien se encuentra obligado a prestarlo estará desprotegido ni representa un obstáculo para el desarrollo de la persona, y no implica una restricción abusiva de los derechos ciudadanos, explica el tribunal
En sentencia de primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander negó el amparo invocado por la actora, al considerar que no era clara su dependencia económica
Sin embargo, la corporación señaló que la historia clínica reciente de la mujer demostró su estado de salud que impide que trabaje y se comprobó que no tiene compañero permanente que le proporcione sustento económico, por lo que depende económicamente de su hijo que se desempeña como galponero en una finca ubicada en el municipio de Lebrija
Así las cosas, el Consejo de Estado le ordenó al Comandante del Batallón de Ingenieros No. 18 “General Rafael Navas Pardo” disponer el desacuartelamiento inmediato del soldado y expedir la respectiva libreta militar.




