Procurador no podría acogerse a la objeción de conciencia, advierte constitucionalista
Néstor Osuna señaló que si Ordóñez se niega a cumplir la sentencia, no sólo se expondría a una sanción por desacato sino también a una eventual investigación disciplinaria.

Procurador no podría acogerse a la objeción de conciencia, advierte constitucionalista
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El cumplimiento de los fallos judiciales es obligatorio y frente a ellos no procede la objeción de conciencia, advirtió el constitucionalista Néstor Osuna, al ser consultado sobre la posibilidad de que el procurador Alejandro Ordóñez acuda a esta figura para no cumplir la sentencia de la Corte Constitucional que lo obliga a rectificar su posición frente a las campañas de planificación familiar
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Osuna, actual director del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, aseguró que lo más grave sería el mal ejemplo que esa posición tendría en los ciudadanos, quienes la interpretarían como “una actitud acomodaticia para no cumplir los fallos”
El constitucionalista señaló que si el procurador Ordóñez se niega a cumplir la sentencia, no sólo se expondría a una sanción por desacato sino también a una eventual investigación disciplinaria.




