Jueza absolvió corteros de caña implicados en protestas en el 2008
Según la sentencia, no se logró comprobar que los juzgados cometieran algún acto censurable en contra de Ingenios Central Tumaco.
La jueza Tercera Penal Especializada del Circuito judicial de Guadalajara de Buga, María Eugenia Correa absolvió en audiencia pública en primera instancia, de toda responsabilidad penal a los líderes corteros de caña y a sus acompañantes, Alberto Bejarano y Juan Pablo Ochoa, por los hechos de la huelga de corteros de Caña, entre septiembre y diciembre de 2008. En un proceso de juzgamiento que completó cuatro años, el despacho judicial consideró en su sentencia absolutoria, que no fueron probadas en juicio ninguna de las conductas enrostradas contra los acusados a quienes se les acusaba por los delitos de concierto para delinquir, sabotaje y lesiones personales agravadas. En la sentencia se dice que no se probó en juicio participación alguna de los procesados en actos censurables en el caso de los enfrentamientos en los predios de ingenios Central Tumaco durante la referida huelga de corteros de Caña.




