Tribunal Andino ordena a la CAN castigar a Colombia con un aumento del 10% adicional de arancel a 8 productos agrícolas
El Tribunal de la Comunidad Andina, también llamó la atención al Gobierno colombiano, pues la actuación de las autoridades están restringiendo el libre comercio intrasubregional.


Caracol Radio conoció un fallo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones, en el que autorizó a los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, para que impongan temporalmente un gravamen arancelario adicional del 10 por ciento a las importaciones de ocho productos agrícolas y agroindustriales procedentes de Colombia
La sanción fue impuesta luego de que el Tribunal comprobara que Colombia no ha dado cumplimiento a un fallo del 14 de abril de 2005, en el que ordenó al país levantar las medidas restrictivas al comercio del arroz durante más 15 años, sino que por el contrario estas mediadas restrictivas han venido siendo renovadas
Agrega el fallo conocido por Caracol Radio que “las medidas aplicadas por la República de Colombia afectaron de manera importante la oferta interna y el aprovisionamiento externo. Asimismo, se observa un incremento en la producción colombiana de arroz y una disminución de las importaciones totales hacia otros países, causando con ello la disminución de las importaciones que provenían de la Comunidad Andina y desplazando las provenientes, especialmente, de la República del Ecuador y de la República del Perú”
El Tribunal de la Comunidad Andina, también llamó la atención al Gobierno colombiano, pues la actuación de las autoridades están restringiendo el libre comercio intrasubregional
Inicialmente el 23 de junio de 2010, el Tribunal había autorizado a los países miembros de la Comunidad Andina, para que impusieran temporalmente un gravamen arancelario adicional del 5% a las importaciones que realicen a sus territorios, procedentes y originarias de la República de Colombia, de cinco productos del sector agrícola, con el fin de asegurar la proporcionalidad y la pertinencia de la sanción
Sin embargo, a solicitud de países como Perú, la sanción fue modificada y se ordenó que los países de la Comunidad Andina cobren el 10% adicional a ocho productos agrícolas y agroindustriales colombianos
El Tribunal concluyó que “la conducta reincidente de la República de Colombia obliga a que, excepcionalmente se modifiquen las sanciones autorizadas por este Tribunal, ya que Colombia sigue incumpliendo en forma reiterada la sentencia”.




