Investigaciones contra el Consejo Electoral son competencia de la Fiscalía y no de la Comisión de Investigaciones
La Sala Disciplinaria señaló que los Magistrados del Consejo Nacional no se asemejan a los Magistrados de las Cortes en cuanto a su fuero constitucional.
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura determinó que la Fiscalía General es la competente para investigar las denuncias hechas en contra de los integrantes del Consejo Nacional Electoral, CNE. El pronunciamiento se originó al resolver un conflicto de competencias suscitado porque la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes le solicitó a la Fiscalía, el 29 de septiembre de 2010, que le remitiera todos los procesos que estuviera adelantando en contra de los magistrados de la CNE. La Sala Disciplinaria señaló que los Magistrados del Consejo Nacional no se asemejan a los Magistrados de las Cortes en cuanto a su fuero constitucional, tal como argumentó la Comisión de Investigación y Acusación, ya que la misma Constitución Política del 91 excluyó a estos funcionarios del grupo de personalidades cuyos delitos son investigados por la Cámara de Representantes
“No existe una determinación precisa del constituyente o legislador que permita el conocimiento de las denuncias penales que se instauren contra los integrantes de la Consejo Nacional Electoral por parte de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, pues basta observar que dichos funcionarios se encuentran excluidos de su competencia, que por el contrario está asignada a la Fiscalía General de la Nación, literalidad que no se puede superar a través de la realización de procedimientos interpretativos que van en contravía de las garantías mínimas del debido proceso”, precisa la sentencia
Con ponencia del Magistrado Jorge Armando Otálora, que según la naturaleza de los juicios ante el Congreso, en estos procesos sólo se pueden imponer sanciones políticas destituyendo, suspendiendo o privando al “reo” de sus derechos políticos y para los casos que ameriten otras penas, efectúa una labor que permite que se adelante el proceso penal respectivo ante la Corte Suprema de Justicia
“La Constitución atribuye a los representantes del pueblo la facultad de separar de sus cargos a los altos dignatarios o privarlos de sus derechos políticos y en consecuencia autorizar, si es el caso, el juicio propiamente penal por la Corte Suprema, precisamente por cuanto considera que sólo el Congreso goza de la suficiente legitimidad democrática para destituir al jefe del Estado y a los otros altos dignatarios, mientras que un órgano judicial no electo tendría enormes dificultades para acometer esa tarea, por cuanto se vería cuestionado por su ausencia de origen ciudadano”, puntualizó la providencia
Agregó el Consejo Superior de la Judicatura que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes debe remitir a la Fiscalía General de la Nación, la totalidad de expedientes que cursen en la actualidad contra los integrantes del Consejo Nacional Electoral.




