Justicia

Condenan a nueve años de cárcel a Luis Humberto Gómez Gallo por ‘parapolítica’

La sentencia de la Corte Suprema señala que Gómez Gallo se concertó e hizo pactos con las Autodefensas. también lo condenó a pagar seis mil millones de pesos.

Condenan a nueve años de cárcel a Luis Humberto Gómez Gallo por ‘parapolítica’

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Al condenar a nueve años de cárcel al ex presidente del congreso, Luis Humberto Gómez Gallo dentro del llamado proceso de la “para-política” la Corte Suprema dijo que tiene la certeza que el ex senador se concertó el comandante del Bloque Tolima alias “Elías” y también con el benefactor del grupo armado, Eduardo Restrepo Victoria alias “El Socio”, de quien recibía el apoyo económico para el fortalecimiento de sus aspiraciones políticas

La sentencia de 212 páginas conocidas por Caracol Radio señala además que el apoyo económico que recibió el ex senador de alias “El Socio”, por los estrechos vínculos entre éste y el bloque Tolima, son los que generaron con mayor fortaleza la relación de Gómez Gallo con las Autodefensas

Dice la Corte que el análisis de todas las pruebas permiten que las declaraciones de quienes fueron miembros del Bloque Tolima y su benefactor, permiten colegir que el ex senador Luis Humberto Gómez Gallo, sí hizo pactos con la organización armada al margen de la ley, entendiéndose a “las eventuales relaciones que el ex senador hubiera podido sostener con el Frente Omar Isaza con similares propósitos a los perseguidos respecto del Bloque Tolima”

El alto tribunal le dio plena credibilidad al testigo Robinson Javier Gillombo escolta de Eduardo Restrepo Victoria alias “El Socio” quien siendo narcotraficante era benefactor del Bloque Tolima de las Autodefensas que había apoyado al congresista Gómez Gallo

“En este contexto es que Robinson Javier Guilombo Arroyo resulta ser el testigo de dos situaciones: una, que el ex senador Luis Humberto Gómez Gallo era una de las personas mencionadas al interior de la organización de Eduardo Restrepo Victoria “El Socio”, al ser parte de la nómina de su organización; y segundo, haber visto al citado congresista acusado en una casa ubicada en la variante de Ibagué, donde recibió del “Socio” una maleta con dinero que él mismo preparó en presencia de Guilombo Arroyo”, precisa la corporación jurídica

Así mismo la Corte señala que los testimonios de José Wilton Bedoya Rayo, alias “Moisés”, César Mora Guzmán, alias “Tayson”, Robinson Javier Guilombo Arroyo y los llamados “Caresapos” integrantes del bloque Tolima de las AUC son idóneos para demostrar “fehacientemente” que el ex senador Gómez Gallo se reunió en tres oportunidades con el comandante del Bloque Tolima, alias “Elías” y con Eduardo Restrepo Victoria, alias “El Socio”, patrocinador de este grupo, y que por conducto de los alcaldes de su misma filiación política, que contaban con su apoyo, lograron los miembros de las Autodefensas la elección y la permanencia en el poder, hecho que fue base del respaldo electoral en los municipios de marcada influencia del bloque Tolima. “El acuerdo entre el doctor Luis Humberto Gómez Gallo y las autodefensas no se puede considerar como una invención de un grupo de quienes conformaron el bloque Tolima, o como la expresión de sus intereses de causarles daño al alcalde de San Luis, Efraín Ricardo Acosta Zárrate, al ex Representante a la Cámara Gonzalo García Angarita y al ex Senador Luis Humberto Gómez Gallo, como se ha afirmado en este proceso, con apoyo en el testimonio en la audiencia pública de César Augusto Mora Guzmán, alias “Tayson” y las versiones de los funcionarios de la Defensoría Regional del Pueblo y la investigadora del DAS, sino como la afirmación de una reconstrucción histórica para la cual contó con el apoyo del Comandante “Elías” y del benefactor del bloque Tolima, dos de sus aliados de primer orden en el propósito de llegar a acuerdos entre la ilegalidad y la institucionalidad” dice la sentencia”

La Corte concluye que “el papel de un Congresista en las citadas organizaciones armadas al margen de la ley, cuyo objetivo era el de acceder al poder por medios no ortodoxos e ilegales ajenos a los canales democráticos, no podía ser diverso al de poner al servicio del grupo ilegal el andamiaje de sus funciones como senador de la república; entonces, ingenuo resulta pensar solamente en asistencias aleatorias a las reuniones, o en calidad de simple y llano espectador o bien porque los delincuentes lo consideraba ‘importante’ para la sociedad.”

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