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Aprobado en penúltimo debate Estatuto Anticorrupción

También se establecen prohibiciones como la de prorrogar los contratos de obras públicas y de todo tipo de concesiones.

La Cámara de Representantes aprobó en penúltimo debate el estatuto anticorrupción, con múltiples reformas frente a lo votado por el Senado de la República y permitiendo que los contratistas del Estado sigan financiando campañas políticas

Entre las normas aprobadas también dejaron un sabor agridulce los puntos referentes a la llamada ‘puerta giratoria’ y la no ampliación de los términos para investigar y para sancionar disciplinariamente a los implicados, hecho que sí se amplió para los procesos de responsabilidad fiscal

El artículo sobre la financiación de campañas por parte de contratistas fue ‘suavizado’, habilitándolos para hacer aportes, pero en caso de participar en nuevos contratos, deben anunciar públicamente que apoyaron el alcalde, gobernador o Presidente de la República

Su anuncio público implica un inmediato acompañamiento y seguimiento de la Procuraduría General, pero si participa sin hacer el anuncio público automáticamente quedará inhabilitado para participar y para contratar durante los cuatro años siguientes

En cuanto a la ‘puerta giratoria’, que permite que los empleados salgan del ejecutivo a asesorar o dirigir entidades que trabajan en asuntos que manejó como funcionario, la inhabilidad se dejó finalmente en 10 meses. Inicialmente se planteó por tres años, se bajó a dos años y al final a solo año y medio

Los artículos que ampliaban la prescripción de procesos disciplinarios en la parte investigativa y en los términos para sancionar, fueron negados. Es decir, quedan como en la actualidad, con cuatro y cinco años a partir de la ocurrencia del hecho de corrupción

Algunas de las normas aprobadasEntre las modificaciones aprobadas en la comisión Primera de la Cámara tras un mes de sesiones sobre el tema, se destacan las siguientes:1. No podrán ser candidatos a las alcaldías y a las gobernaciones quienes tienen familiares en el Congreso, la asamblea o el concejo. Tampoco podrán ejercer esos cargos mediante el sistema de encargo por falta temporal o definitiva del titular. Este punto, en caso de aprobarse en definitiva, impediría, por ejemplo, que Carlos Fernando galán sea candidato a la alcaldía de Bogotá

2. Se aumenta la vigencia de la prescripción de los procesos de responsabilidad fiscal. Hoy es de cinco años, se aumentó a 10 el término para investigar. Si el autor devuelve la plata, el juicio fenece

3. Habrá mayores controles fiscales. Se implanta el sistema oral para los juicios de este tipo, que deben despacharse en dos sesiones: una de descargos y otra de decisión

4.- Se crean cocho contralorías delegadas intersectoriales para un mayor control en materia de corrupción. Estarán adscritas a la Contraloría General y su funcionamiento no implica aumento de las partidas presupuestales

5.-Los contralores departamentales, distritales y municipales serán postulados mediante concursos abiertos y públicos, en los que los candidatos serán calificados de inmediato. Se elabora una lista de elegibles y quien debe nombrarlos, el concejo o la asamblea, lo hará de manera pública y con voto nominal y público de sus integrantes

6. Se suprime el artículo del estatuto de contratación que permite la prórroga en tiempo y en dinero de las obras públicas y las concesiones. Si se planeó por dos años serán dos años, y por el dinero estipulado. Si no cumplen, se les sanciona y se abre nueva licitación

7.- Se autorizan las operaciones encubiertas. La Procuraduría y la Fiscalía pueden infiltrar los procesos de contratación, ofrecer dádivas o dinero y detectar y denunciar a los culpables. Se trata de una figura similar al ‘entrampamiento’ que existe en países como Estados Unidos, y que permite inmunidad a quien infiltra

8. Se establecen sanciones muy fuertes a los robos en el sector de la salud y a la especulación y el agiotaje en medicamentos y en equipos médicos

9. La mayoría de los delitos contra la administración pública serán sancionados con penas más drásticas, pero tienen como característica que no tendrán beneficios de ningún tipo, es decir en ningún caso pueden ser excarcelables

10. Se le ponen controles a los convenios interadministrativos, que no se podrán realizar sino con organizaciones destinadas a cumplir con el fin para el cual se contrata. "Se trata de ponerles freno porque tenemos universidades contratando hasta la compra de carros para entidades públicas", dijo el coordinador de ponentes, Germán Varón Cotrino, quien señaló que tampoco se podrán realizar con sociedades de economía mixta ni supuestas cooperativas o asociaciones de entidades estatales

11. Se permite el levantamiento de la reserva bancaria a los contratistas del Estado, para que los veedores ciudadanos y los interventores puedan revisar las cuentas que, en últimas corresponden a dineros de todos los colombianos. 12. Se establece la prohibición total del uso de los dineros de propaganda oficial para promocionar a los funcionarios públicos, como ha ocurrido últimamente en varias gobernaciones. También solicita que en el mes de enero se publique por internet el rubro de gastos publicitarios

13. Los encargados de las oficinas de control interno serán designados por el Presidente de la república, el gobernador o el alcalde, según sus competencias

14. Los diferentes delitos contra el patrimonio del Estado, incluyendo el cohecho y el enriquecimiento ilícito, serán castigados con una pena adicional equivalente hasta la mitad de las contempladas por dichas conductas, cuando sea un funcionario público el involucrado

15. El delito de soborno en casos relacionados con corrupción tendrán una pena de prisión de entre seis y 12 años, que en ningún caso será excarcelable

16. El Procurador General queda facultado para suspender preventivamente los procesos administrativos, actos, contratos o su ejecución cuando se evidencien circunstancias que permitan inferir que se vulnera el ordenamiento jurídico o se defraudará al patrimonio público

17. Igualmente el Procurador puede pedir la suspensión y revocatoria de los mismos actos, cuando se evidencie que puede afectar los intereses colectivos, en especial el medio ambiente, la diligencia y eficiencia de las funciones administrativas, el patrimonio público o el ordenamiento jurídico

18. Se crea la figura de las Personas Políticamente Expuestas, mediante la cual los servidores públicos que ejerzan gestión fiscal o sean ordenadores del gasto, así como también quienes se hayan encontrado en alguna de las anteriores situaciones en los tres años anteriores, tendrán un seguimiento especial por las entidades financieras, que permitan establecer el origen de sus ingresos. Esa misma calidad la tendrán los familiares del funcionario. 19. El proyecto de ley excluye de beneficios a quienes incurran en delitos contra la Administración Pública; amplía los términos de prescripción de la acción penal en delitos asociados a corrupción; crea nuevos tipos penales como la corrupción privada, la administración desleal, la utilización indebida de información privilegiada, la evasión fiscal en monopolios rentísticos, el tráfico de influencia de particulares, los acuerdos restrictivos de la competencia, el fraude a subvenciones y una serie de delitos asociados a la penalización de conductas relacionadas con la salud

20. Permite la aplicación del principio de oportunidad para quien denuncie la realización de un cohecho. En este caso, quien lo denuncie no quedará incurso en la acción penal. 21. Se establece que una división especial del ministerio del Interior será la encargada de instaurar las acciones de repetición, es decir los procedimientos para logar que quien causo el daño al estado y a los particulares, pague con sus propios recursos el valor del mismo

22. Contempla acciones severas a quienes son los encargados de investigar los hechos de corrupción. “Se acaba aquellos de las personas honorables por prescripción, pues se castigará a quienes no investigan o le hacen ‘operación tortuga’ a la investigación para jugar a la prescripción”, sostuvo uno de los ponentes, el representante Heriberto Sanabria

En la última sesión se aprobaron varios artículos nuevos, pero la redacción final y los términos en que fueron votados, solo se establecerán la próxima semana, tras realizarse las transcripciones de las sesiones

Al proyecto solo le resta el último debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, pero tras las modificaciones sufridas, necesariamente debe ir a conciliación con el Senado de la República

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