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Santos resalta ahorro en procesos judiciales con nuevo Código de Procedimiento Administrativo

“Nos ahorraremos alrededor de siete años de proceso judicial”, asegura Presidente Santos al sancionar nuevo Código de Procedimiento Administrativo.

Santos resalta ahorro en procesos judiciales con nuevo Código de Procedimiento Administrativo

Santos resalta ahorro en procesos judiciales con nuevo Código de Procedimiento Administrativo

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“Nos ahorraremos alrededor de siete años de proceso judicial”, asegura Presidente Santos al sancionar nuevo Código de Procedimiento Administrativo

El presidente Juan Manuel Santos aseguró que la congestión judicial que afronta Colombia es “enemiga de la pronta y cumplida justicia” por lo que el gobierno activará un Plan Especial de descongestión con el nuevo Código de Procedimiento Administrativo

“Un Plan Especial de Descongestión de la Jurisdicción de lo contencioso Administrativo que se ejecutará en un plazo de cuatro años. Se contratarán jueces y magistrados de descongestión, se trasladarán procesos a los tribunales menos congestionados y se contempla la agrupación de procesos por temáticas, para fallarlos conjuntamente”, manifestó el presidente

El Jefe de Estado indicó que con la entrada en vigencia del nuevo código se dará “un gran paso” en el promedio de resolución de demandas

“Hoy, un proceso tarda en promedio 9 ó 10 años en ser resuelto, lo cual es simplemente inaudito. Cuando empiece a operar el nuevo código, esperamos tener un tiempo promedio de tres años. Nos ahorraremos alrededor de siete años de proceso judicial”, señaló Santos

Principales cambios de nuevo Código de lo Contencioso Administrativo

Principales cambios de nuevo Código de lo Contencioso Administrativo El Presidente Juan Manuel Santos Calderón expuso los principales cambios que presenta el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que en sus palabras “incide de manera positiva en el ciudadano de a pie”

El primero de estos cambios tiene que ver con los mecanismos que se adoptarán para agilizar y modernizar los procesos judiciales ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, una de las más congestionadas. “Uno de esos mecanismos es la introducción de un esquema procesal mixto, que integra elementos de los sistemas escritos, orales y por audiencias, que sin duda imprimirán celeridad a los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”, dijo Santos

El segundo cambio tiene que ver con las reformas que fortalecen el derecho de petición. Ese mecanismo –una de las herramientas más útiles del ciudadano en su diálogo con el Estado– podrá ejercerse, incluso, de manera oral o haciendo uso de las tecnologías de información y comunicación

“Con una novedad, que lo hace aún más efectivo: Se establece que toda solicitud que presenten las personas a las autoridades –así no lo digan expresamente– se entiende realizada en ejercicio de este derecho”, apuntó

Además, se contempla la posibilidad de ejercer el derecho de petición no sólo frente a entidades públicas, sino ante organizaciones privadas que cumplan funciones administrativas y ante personas naturales en casos de indefensión o subordinación. También podrá ejercerse este derecho ante cajas de compensación familiar e instituciones del Sistema de Seguridad Social Integral de carácter privado

Un tercer aspecto tiene relación con el propósito de modernizar y facilitar el acceso de los colombianos a una justicia oportuna y efectiva. Ahora los ciudadanos podrán hacer uso de medios tecnológicos para realizar actuaciones judiciales que hoy sólo se hacen por escrito. Para lograrlo, se implementará el expediente judicial electrónico

“Este expediente será un conjunto de documentos digitales que contendrá las actuaciones judiciales que puedan adelantarse en forma escrita dentro de un proceso, y será implementado en un plazo de 5 años a partir de la vigencia de la ley”, explicó Santos. Un cuarto aspecto central de la reforma en lo contencioso administrativo tiene que ver con el fortalecimiento de los poderes del juez. El nuevo Código crea un moderno y amplio régimen de medidas cautelares, adicionales a la suspensión provisional de actos administrativos, que será un buen instrumento para lograr la protección judicial efectiva de los derechos sometidos a controversia

El quinto gran cambio del nuevo Código hace referencia directa a la descongestión de miles de expedientes que están por resolverse. Para ello, el nuevo Código ha contemplado un Plan Especial de Descongestión de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, que se ejecutará en un plazo máximo de 4 años. Con ello, deben llevarse hasta su terminación todos los procesos judiciales promovidos antes de la entrada en vigencia de este nuevo estatuto. Para lograr esa ambiciosa meta, se contratarán jueces y magistrados de descongestión, se trasladarán procesos a los tribunales menos congestionados y se contempla la agrupación de procesos por temáticas, para fallarlos conjuntamente. “Con la entrada en vigencia del nuevo Código daremos un gran paso en el tiempo promedio de solución de demandas. Hoy, un proceso tarda en promedio 9 ó 10 años en ser resuelto, lo cual es, simplemente, inaudito. Cuando empiece a operar el nuevo Código, esperamos tener un tiempo promedio de 3 años”, puntualizó.

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