Orientaciones Jurídicas Familiares
Dentro de las diferentes consultas que recibimos por parte de nuestros oyentes, hemos seleccionado algunos de los temas que generan un mayor interés, para su publicación en el blog de Jurisperiodismo.<br /><br />Entre éstas se encuentran: <br /><br /><br />Cuando mi madre murió, mis hermanos y yo éramos menores de edad. Mi madre nos dejó unos bienes y parte de la pensión, mi padre ha vendido los bienes y no nos da razón de ellos. Yo ahora soy mayor de edad pero mis otros hermanos no, ¿qué podemos hacer al respecto? <br />
Dentro de las diferentes consultas que recibimos por parte de nuestros oyentes, hemos seleccionado algunos de los temas que generan un mayor interés, para su publicación en el blog de Jurisperiodismo. Entre éstas se encuentran: Cuando mi madre murió, mis hermanos y yo éramos menores de edad. Mi madre nos dejó unos bienes y parte de la pensión, mi padre ha vendido los bienes y no nos da razón de ellos. Yo ahora soy mayor de edad pero mis otros hermanos no, ¿qué podemos hacer al respecto? Usted puede acudir al ante el Centro Zonal, Comisaría de Familia o Inspección de Policía de su domicilio, para que expongan el caso ante el funcionario competente y poder iniciar un proceso contra el padre por rendición de cuentas ante el Juez de Familia de su domicilio. También debe responder por los intereses o utilidades obtenidas por la administración de los mismos. Si ya son mayores de edad, pueden otorgar un poder a un Abogado para que inicie el proceso ante el Juzgado de Familia. Debe llevar los registros civiles de nacimientos, el registro de defunción de su señora madre, la lista de los bienes, número de la póliza de vida y aseguradora, etc. y todo lo demás que sea pertinente para la viabilidad de este proceso. Soy una joven de 17 años de edad en embarazo y se me otorgó el respectivo permiso para trabajar, quiero saber: ¿Cuáles deben ser mis condiciones laborales? Los y las adolescentes mayores de diecisiete (17) años, sólo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche. La jornada de las adolescentes mayores de quince años de edad y menor de dieciocho, no podrá exceder de cuatro horas diarias a partir del séptimo mes de gestación y durante la lactancia, sin que se le disminuya su salario y prestaciones sociales. En ningún caso su salario debe ser inferior al salario mínimo legal vigente. ¿Qué delito se configura cuando un padre o madre retiene arbitrariamente a su hijo y no lo deja ver del otro padre o madre y que sanciones tiene? Cuando un padre arrebate, sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce la patria potestad, con el fin de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, incurrirá en el delito de ejercicio arbitrario de la custodia, por ese solo hecho, podrá ser sancionado con prisión de uno (1) a tres (3) años y en multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esperamos que esta información sea de su ayuda. Cualquier duda pueden comunicarse de nuevo con nosotros, con gusto les atenderemos a través de nuestro Portal de Internet www.icbf.gov.co o a través del correo del programa: enfamilia@caracol.com.co También por nuestra Línea Nacional Bienestar gratuita en Colombia 01-8000-91-8080 y en Bogotá 6605520 – 6605530 - 6605540. Cordialmente, GRUPO CENTRO NACIONAL DE ATENCION AL CIUDADANO www.icbf.gov.co - atencionalciudadano@icbf.gov.co Línea Bienestar Gratuita 018000918080 – 6605520-6605530-6605540 _________________________________________________________________ Información - Orientación - Denuncias - Quejas Atención en Crisis – Asesoría en Derecho de Familia – Sugerencias



