Niegan tutela al presidente del Congreso, Hernan Andrade
Andrade buscaba la entrega de un documento para defenderse de una denuncia periodística, además de ser consultado para desvirtuar algunas afirmaciones.

La Corte Constitucional negó una tutela al presidente del Congreso, Hernan Andrade, en el que buscaba la entrega de un documento para defenderse de una denuncia periodística, además de ser consultado para desvirtuar algunas afirmaciones de un articulo publicado por el Diario del Huila titulado "Empleados del Hospital de Neiva prenden el ventilador” La Corte si bien le niega la tutela al presidente del Congreso ya que la versión del presidente del congreso fue consultada por el medio de comunicación de manera extermporanea se requiere proteger el derecho a la imparcialidad
Sobre el tema de la confrontación de la fuente dice el alto tribunal dice que “la no publicación de la opinión de la persona afectada compromete el principio de imparcialidad y, en consecuencia, da lugar a la publicación posterior de la información pertinente. “Ahora bien, en casos como el presente en los cuales la falta consiste en haber dejado de contrastar la información publicada (vulneración del principio de imparcialidad), la rectificación destinada a reparar dicha falta, no puede tener otro contenido obligatorio más que la versión del actor sobre los hechos y los argumentos que, a su juicio, descalifican la fuente reservada que dio al periódico esas afirmaciones” señala la Corte
En cuanto a la entrega del documento dice la Corte que en algunas circunstancias resulta necesaria la reserva de la fuente incluso cuando ello puede comprometer derechos de terceros de buena fe ya que en este caso en concreto fue amenazado el periodista y si se divulga el documento los denunciantes podrían correr la misma suerte
“En aquellos casos en los que están involucradas organizaciones macrocriminales o mafiosas, que no tienen escrúpulos a la hora de intimidar a una fuente para que omita revelar información que puede afectar sus intereses, la reserva de la fuente se convierte en una garantía privilegiada para que el periodismo valiente e independiente pueda realizar su trabajo” señalo la Corte
Según la Corte la reserva de la fuente se encuentra plenamente justificada ya que no se trata sólo de una petición de la misma fuente (que en sí misma sería suficiente, al menos jurídicamente, para mantener la reserva) sino de una situación que podía conducir a que se produjera un daño grave e irreparable sobre las personas que se encontraban haciendo las denuncias relacionadas con los actos de corrupción del hospital



