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Autoridades deben perseguir a las grandes bandas que vulneran los derechos de autor: Corte Suprema

La Sala Penal de la Corte absolvió de toda responsabilidad a un hombre que fue judicializado por tener en su poder dos libros piratas para la venta valorados en 30 mil pesos.

La Sala Penal de la Corte Suprema absolvió de toda responsabilidad a un hombre que fue judicializado por tener en su poder dos libros piratas para la venta valorados en 30 mil pesos. Con ponencia del magistrado Julio Enrique Socha Salamanca, la Corte Suprema determinó que no es persiguiendo a los vendedores de copias piratas como se restablece los derechos de autor de las grandes editoriales, sino buscando a las bandas criminales

La determinación recae a favor de José Daniel Acero, de quien se dijo no hace parte de la organización delictiva que tiene como intención plagiar obras a gran escala para distribuirlas en el mercado. El problema no se resuelve persiguiendo a los últimos eslabones de la cadena, pues no siempre podrá catalogárseles como miembros de la organización criminal, ya que ellos pueden ser utilizados económicamente por parte de las bandas delincuenciales, dijo el magistrado

La Sala Penal señala que la protección de los derechos de autor en materia penal tiene que enfocarse en la indagación e investigación de la Fiscalía de aquellas conductas que representen un menoscabo o amenaza significativa al bien jurídico de los derechos de autor. Explica la Corte que el sistema penal acusatorio tiene previsto mecanismos de seguimiento, infiltración y desmantelamiento de las estructuras que en la clandestinidad atentan de forma sistemática en contra de los titulares de tales derechos, con lo que se llegará a las personas más comprometidas con la realización del delito

En este caso, también se considero el principio de la insignificancia, pues se evidenció que no lesiona el patrimonio económico de la editorial demandante

La Corte también aclaró que esta postura no quiere decir que toda conducta relacionada con la venta callejera o informal de obras no autorizadas deberá quedar en la impunidad, sino que de acuerdo con las circunstancias particulares del caso se debe establecer si se lesionó el patrimonio económico del titular de esos derechos

La defensora de la persona absuelta, Sandra Liliana Martínez, dijo que su cliente fue victima de la situación económica, además que no es un criminal por vender unos libros a los que accedió fácilmente

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