Justicia

Corte Constitucional salió en defensa de un interno al que obligaban a afeitarse con una máquina comunal.

La Corte Constitucional cuestionó duramente la posibilidad de que los internos de la cárcel de Sán Isidro, Popayán, sean obligados a utilizar una máquina de afeitar comunal

Por vía de tutela la Corte Constitucional cuestionó duramente la posibilidad de que los internos de la cárcel de San Isidro, Popayán, sean obligados a utilizar una máquina de afeitar comunal. En la tutela la Corte le recuerda al Inpec y a los establecimientos carcelarios el deber de entregar puntualmente los kits de aseo a los internos. La determinación fue tomada al analizar el caso de un detenido de la cárcel de Sán Isidro, en Popayán, quien requirió la protección de sus derechos ya que el centro carcelario lo obligaban a afeitarse con una máquina eléctrica que usaban los demás internos. El detenido, John Jairo Cortes Jaramillo, explicó en la tutela que la exigencia de mantenerse afeitado no tenía en cuenta que la carcel no le suministraba los elementos de aseo para cumplir con esa solicitud. Señaló que era remitido a la peluquería para que hiciera uso de una máquina eléctrica que utilizan los demás internos. "La conducta del penal vulnera los derechos al mínimo vital y a la dignidad humana del peticionario, ante lo cual, no resulta un argumento suficiente el que para cumplir con la disposición que lo obliga a mantenerse afeitado pueda hacer uso de la máquina de afeitar eléctrica que reposa en la peluquería" señalo la Corte. La Corte no le tutelo los derechos al interno relacionado con la violación al libre desarrollo de la personalidad, ya que no considera una vulneración helecho de exigirle quitarse la barba para evitar un “cambiazo”.,

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