Condenados dos hospitales por mala atención a mujeres embarazadas
El Consejo de Estado condenó al Hospital Regional de Buenaventura y el San Juan de Dios de Armenia, por negligencia en la atención a dos mujeres atendidas en un parto.
El Consejo de Estado condenó al Hospital Regional de Buenaventura y el San Juan de Dios de Armenia al pago de 460 y 345 millones respectivamente, por negligencia en la atención a dos mujeres atendidas en un parto. En el primer caso encontró que el Hospital Regional de Buenaventura cometió una falla en el servicio ya que una mujer murió desangrada después de dos horas de haber dado a luz en dicho Hospital. Según la sección tercera del Consejo de Estado “la señora Anatilde Cuero, sufrió después del parto una fuerte hemorragia que no fue detectada por el médico tratante ni por el personal paramédico, pues cuando fue trasladada a su habitación era evidente la existencia de un “charco de sangre” y aun así fue despachada a su habitación” señala la determinación. En el fallo se evidencia que en este caso terminó con la muerte de la madre por la impericia y negligencia del personal médico, que no permitió detectar a tiempo la hemorragia presentada a través de la observación a la paciente. Por otra parte, el médico que atendió el parto no era un médico especializado. El Consejo de Estado ordena el pago de la indemnización a la familia compuesta por su esposo y ocho hijos. El otro caso esta relacionado con la condena al Hospital Universitario San Juan de Dios de Armenia, responsable por la muerte de Dora Lucia García, ocurrida el 20 de agosto de 1996, como consecuencia de la falla en la prestación del servicio médico La Sala condenó a dicho Hospital a pagar más de 345 millones de pesos por los daños y perjuicios morales ocasionados a los familiares de la señora que murió a causa de una “embolia de líquido amniótico” horas después de haber dado a luz a su bebé. Dice la sentencia que “causa extrañeza que durante el tiempo transcurrido entre el parto a las 5 de la tarde y cuando fue trasladada a quirófanos, esto es, a la sala de recuperación a las 10 de la noche, la historia no registre ninguna valoración hecha por un médico internista para el logro de un diagnóstico acertado, dirigido a su vez, a aplicar la terapéutica especial según protocolos, o la intervención del servicio de neumología, con toma de placas previas, terapia respiratoria, o la utilización de procedimientos de choque dirigidos a salvarle la vida a la paciente, necesarios en complicaciones pulmonares”. El alto tribunal le llamó la atención a médicos y enfermeras para que actúen rápidamente ante los requerimientos de los pacientes ya que la falta de intervención en el momento requerido, le mengua toda oportunidad de salir adelante.




