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Proponen estatuto del usuario de telefonía celular

El representante a la Cámara Nicolás Uribe presentó un proyecto de ley para garantizar los derechos de los más de 32 millones de usuarios de la telefonía celular.

El representante a la Cámara Nicolás Uribe presentó un proyecto de ley para garantizar los derechos de los más de 32 millones de usuarios de la telefonía celular. Según el congresista, los usuarios del servicio están en total desventaja frente a los operadores y en la práctica están sometidos a todo tipo de abusos sin que tengan opción a reclamar frente a las irregularidades. La propuesta contempla que los operadores no podrán reportar al deudor a las centrales de riesgo o listas negras si no le han notificado, con 15 días de antelación, que acudirán a dicho reporte. En ese lapso, el moroso puede ponerse al día en la obligación. Si un cliente ha sido reportado y se produce el pago, el operador celular está en la obligación de "sacarlo de la lista negra" y extender el paz y salvo, sin que dicho trámite corra por cuenta del cliente. Uribe propone que los operadores establezcan una línea de atención al cliente en la que los reclamos tengan una radicación y originen una respuesta. Si esta no se produce en el curso de 15 días, se entenderá que hay silencio positivo y el operador forzosamente debe suplir la reclamación. También deben establecer mecanismos como el uso de internet y la misma línea de celular para que los clientes presentan sus quejas, sin que deban acudir a los engorrosos y lentos centros de atención. En cuanto a los contratos de prestación del servicio, el operador debe garantizar el acceso a la información clara, oportuna y gratuita sobre tarifas, planes tarifarios vigentes, manera de utilizar con eficiencia y seguridad el servicio, las áreas de cubrimiento de la red y demás condiciones contractuales. Las fallas en la prestación del servicio, según la propuesta, deben originar una reparación en favor del usuario, que incluso podrá ser indemnizado por perjuicios. La iniciativa de Nicolás Uribe prohíbe a los operadores presumir o inducir a los usuarios la aceptación del ofrecimiento de un servicio, promoción u oferta a través de mensajes de texto, voz o multimedia. Es decir, no podrán usar el servicio para enviar mensajes indeseados sobre ofertas, concursos, viajes o ventas de bienes y servicios.

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