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Vía libre para que las cajas de compensación abran secciones de ahorro y crédito

Las 51 cajas de compensación familiar que existen en el país quedaron habilitadas, previo el cumplimiento de algunos requisitos, para prestar el servicio especializado de ahorro y crédito a sus cerca de cuatro millones 500 mil colombianos afiliados

Las 51 cajas de compensación familiar que existen en el país quedaron habilitadas, previo el cumplimiento de algunos requisitos, para prestar el servicio especializado de ahorro y crédito a sus cerca de cuatro millones 500 mil colombianos afiliados.
En desarrollo de la Ley 920 de 2004, la Superintendencia Financiera dio a conocer las condiciones específicas que deberán reunir para su operación.
Las secciones especializadas de ahorro y crédito serán considerados como patrimonios autónomos de las Cajas de Compensación que deberán destinar un aporte de capital mínimo a lo que se necesitaría para conformar una cooperativa financiera.
Las cajas deberán obtener autorización previa de la Superintendencia Financiera y para el efecto deberán acompañar una serie de documentos entre ellos la decisión del consejo directivo de la respectiva caja de constituir la sección especializada de ahorro y crédito.
Las cuentas de ahorro y crédito de las cajas deberán contar un consejo de administración, representantes legales y revisores fiscales, incluyendo suplentes. Las cajas de compensación familiar cuentan con cerca de 220 mil empresas afiliadas.

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