La Corte Constitucional no cambió el contenido del fallo sobre Justicia y Paz
El presidente de la Corte Constitucional, Jaime Córdoba Triviño, negó y deploró las declaraciones de su colega Jaime Araujo Rentaría, según las cuales "una cosa es la que se decide en la sala plena y otra la que se comunica a la opinión pública".
El presidente de la Corte Constitucional, Jaime Córdoba Triviño, negó y deploró las declaraciones de su colega Jaime Araujo Rentaría, según las cuales "una cosa es la que se decide en la sala plena y otra la que se comunica a la opinión pública".Córdoba Triviño dijo que "en no es cierto que luego de haber fallado la Ley de Justicia y Paz, un grupo de magistrados se reunió para modificar esta decisión", como lo señaló Jaime Araujo, en el caso de las penas que se impartirán a los desmovilizados que se acojan a esta normatividad especial.El presidente de la Corte manifestó que "en relación con ese artículo lo que los ponentes analizaron y decidieron fue exactamente lo mismo que se comunicó a la opinión pública; es decir, que se declaraba por una parte exequible la acumulación jurídica de las penas, y por otro lado exequible la llamada condena alternativa de 5 a 8 años como un beneficio penal".Luego de lamentar esas declaraciones, dijo que este tipo de manifestaciones "no afectan la credibilidad de la Corte Constitucional sino la del magistrado Jaime Araujo Rentaría", y agregó que "poner fin a todas estas especulaciones en dos o tres semanas se conocerá el texto definitivo de la sentencia sobre la Ley de Justicia y Paz, cuyos detalles finales y firmas están siendo evaluados por los seis magistrados ponentes".El magistrado Jaime Araujo Rentería, sembró un manto de duda sobre el fallo de Justicia y PazEl magistrado de la Corte Constitucional, Jaime Araujo Rentería, quien voto en contra la ponencia que sirvió para fallar la Ley de Justicia y Paz que establece el marco jurídico para los procesos de desmovilización, tendió un manto de incertidumbre sobre este caso al manifestar que lo que decidió la sala plena no correspondió a lo que se presentó a los medios de comunicación.Señaló que "a mi entender y con el ejemplo que en su momento utilizó el magistrado Jaime Córdoba Triviño, la sala votó por la acumulación de la pena, es decir, que se sumaban las condenas existentes contra los desmovilizados con la pena que impusieran los Tribunales de Justicia y Paz".Agregó que "Córdoba Triviño en la sala plena utilizó con nombre propio el ejemplo de Mancuso, al indicar que si existe una condena a 40 años por la masacre de La Gabarra, a esa se sumaría la pena que estipulen los jueces entre 5 y 8 años en el contexto de la Ley de Justicia y Paz".El magistrado Araujo Rentaría, advirtió que como esta caso se han presentado más situaciones de las mismas características, que en síntesis advierten que "una cosa se falla en la sala plena de la Corte Constitucional, y otra se comunica a los medios"; haciendo referencia por ejemplo a los sucedido con la supuesta "censura a los medios" en la Ley de Garantías Electorales.




