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La Corte Constitucional dejó en firme el trámite para la extradición de colombianos

El proceso para avalar la solicitud de colombianos ante la sala penal de la Corte Suprema, es un trámite ejecutivo y no judicial

El proceso para avalar la solicitud de colombianos ante la sala penal de la Corte Suprema, es un trámite ejecutivo y no judicial.
Con esta decisión se niega la posibilidad de que los requeridos por la justicia de otros países puedan presentar, controvertir o solicitar la revisión de las pruebas con las que se respaldan las solicitudes de extradición.
La Corte Constitucional declaró exequible los artículos del código de procedimiento penal que regula las competencias entre la Corte Suprema de Justicia y el gobierno para la entrega de nacionales ante los tribunales del exterior.
Según el fallo a la Corte Suprema, sólo le compete comprobar que haya una resolución de acusación, que el delito exista en los países, que haya plena identificación y que no se registre doble incriminación.
Para avalar una extradición la sala penal de la Corte condiciona la entrega a que no se imponga cadena perpetua o pena de muerte, y que tampoco sea objeto de torturas o vejámenes.

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