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Similitudes y diferencias en proyectos de Verdad, Justicia y Reparación

Ambos proyectos establecen que un Tribunal Especial puede ordenar la cesación de procedimientos para delitos menores o políticos, sin contemplar los referentes a homicidio fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión, desaparición forzada, tortura, violación sexual, secuestro, y crímenes de guerra, de lesa humanidad o genocidio.

Ambos proyectos establecen que un Tribunal Especial puede ordenar la cesación de procedimientos para delitos menores o políticos, sin contemplar los referentes a homicidio fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión, desaparición forzada, tortura, violación sexual, secuestro, y crímenes de guerra, de lesa humanidad o genocidio.
No obstante, podrá juzgar y condenar a los autores de tales delitos conforme a las normas del código Penal, quienes podrán obtener beneficios de libertad condicional siempre y cuando cumplan ciertas condiciones como la pena efectiva de prisión equivalente a diez años. Dicha condicionalidad se puede conceder una vez cumplidas las dos quintas partes de la condena efectiva.
A los desmovilizados que se acojan al proceso y sean condenados se les computará como tiempo de ejecución de la pena su permanencia en las zonas de concentración, siempre y cuando dicho lapso no supere los 18 meses, según el Gobierno, que hubieren cesado las hostilidades y ataques a los civiles y el grupo haya puesto en libertad a todos los retenidos o secuestrados.
El ministro del Interior, Sabas Pretelt, dijo en Cartagena que la iniciativa gubernamental recoge la mayor cantidad de propuestas presentadas sobre el particular, no solo por el grupo llamado "de consenso político", sino de otros sectores.
Las mayores diferencias entre los proyectos están en la conformación y duración del Tribunal Especial. El Gobierno propone que tenga tres magistrados con periodo de 4 años, mientras el segundo lo crea con nueve miembros y por doce años.
El proyecto del Gobierno no acepta la presencia de un comité asesor de las víctimas ni indagatorias para establecer la verdad. tampoco que se juzgue a los beneficiados por delitos cometidos antes de pertenecer a los grupos armados ilegales, ni la obligación de entregar todos los bienes obtenidos ilícitamente.
Las dos iniciativas coinciden también en que la pena de prisión puede purgarse en cárceles del exterior, en la exclusión de los menores de edad del sistema de responsabilidad penal juvenil. Precisamente uno de los puntos para aceptar que el grupo armado ilegal ingrese a los beneficios de la ley es que haya entregado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la totalidad de menores de edad reclutados y que hagan parte de su organización.

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