Bancolombia gana primera Batalla jurídica contra Jaime Gilinski
Bancolombia ganó una primera "batalla" jurídica contra Jaime Gilinski dentro del proceso que se adelanta por posibles irregularidades en torno de la histórica fusión y venta del antiguo Banco de Colombia con el Banco Industrial Colombiano y de paso comprometió disciplinariamente y penalmente a un fiscal y aun reconocido abogado .
BOGOTA.---Bancolombia ganó una primera "batalla" jurídica contra Jaime Gilinski dentro del proceso que se adelanta por posibles irregularidades en torno de la histórica fusión y venta del antiguo Banco de Colombia con el Banco Industrial Colombiano y de paso comprometió disciplinariamente y penalmente a un fiscal y aun reconocido abogado .El fallo resuelto a través de una tutela por la sala penal de la corte suprema de justicia ,concluye que la Fiscalía no tiene facultades para ordenar a un tribunal de arbitramento , que suspenda un proceso ,porque esa competencia según los códigos , solo se le confiere a un juez civil ..El caso particular se remonta al mes de diciembre del dos mil ,cuando la fiscal seccional 179 de la unidad séptima de delitos contra el patrimonio y la fe pública de Bogotá Sonia Guadalupe Chamorro Cubides ,por petición del abogado Antonio José Cancino , ordenó de manera perentoria a la cámara de comercio revocar el proceso arbitral que adelanta hoy su tribunal de arbitramento .A raíz de esta acción de amparo al Banco de Colombia por flagrante Vía de hecho , la corte suprema dispuso que al fiscal Chamorró Cubides debe ser investigada penal y disciplinariamente por extralimitarse en sus facultades ,y que el abogado Antonio José Cancino lo sea disciplinariamente por parte del consejo Superior de la judicatura por insistir sin ser parte procesal .La fiscal alcanzó además a ordenar a la cámara de comercio que se dirimiera la competencia internacional que por estos mismos hechos se adelanta en Estados Unidos.La corte suprema de justicia le recordó a la funcionaria de la Fiscalía que según el fallo de la corte constitucional la suspensión del proceso civil únicamente es viable cuando cursa una investigación en etapa formal y no en preliminar como es del caso .




