Hable con elPrograma

Selecciona tu emisora

PerfilDesconecta
Buscar noticias o podcast

Debate sobre la histórica sentencia de la Corte Constitucional sobre el sistema de salud en el país

Debate sobre el trascendental fallo de la Corte Constitucional que ordena que se deben entregar medicamentos sin tutela y reglamentar de forma clara el Plan Obligatorio de Salud

Debate sobre la histórica sentencia de la Corte Constitucional sobre el sistema de salud en el país

Debate sobre la histórica sentencia de la Corte Constitucional sobre el sistema de salud en el país

00:00:0000:06

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

El ministro de Salud Diego Palacio, el exmagistrado José Greogorio Hernández, la delegada para la salud de la Defensoría del Pueblo Martha Walteros y el doctor Ramón Abel Castaño debaten sobre el trascendental fallo de la Corte Constitucional que ordena que se deben entregar medicamentos sin tutela y reglamentar de forma clara el Plan Obligatorio de Salud.

Por tal razón, sentenció que “no puede haber discriminación en el Plan Obligatorio de Salud (POS), y por tanto señala que no puede haber un plan para los pobres y otro para quienes que pueden pagar”.

En una ponencia del magistrado Manuel José Cepeda, se consideró que un POS subsidiado y otro contributivo, son incompatibles con la Constitución y con el derecho que se promulga.

Así mismo, la Corte ordena que el Plan Obligatorio de Salud, debe ser actualizado con base a encuestas epidemiológicas, y teniendo en cuenta la necesidad de los usuarios, ya que desde hace 15 años los tratamientos y los medicamentos vienen siendo los mimos.

EL Alto Tribunal ordena que el Consejo Nacional en Seguridad Social llame a los usuarios para que intervengan en el rediseño del POS.

De otra parte, se explicó que para que se acabe la “tutelitis”, se anunció que los comités técnicos-científicos de las EPS si tienen la competencia para autorizar medicamentos que no estén incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.

El Alto Tribunal remitió la sentencia a la Contraloría y a la Procuraduría para que no vayan a sancionar a los comités técnicos-científicos al momento de que aprueben un medicamento no POS.

Así mismo, la Corte le ordena al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosiga), que no puede exigir copias de Tutela para desembolsar los recursos de servicios prestados.

Según el magistrado Cepeda, con esta tutela que unifica 22 casos se espera que el Ministerio de Protección Social, el Consejo Nacional de Seguridad Social y los comités técnicos corrijan las fallas estructurales en el sistema de salud, con el fin de prohibir de aquí en adelante, la interposición de tutelas para acceder al servicio.

“El derecho fundamental a la salud comprende entre otros, el derecho a acceder a servicios de manera oportuna, eficaz y con calidad”, sentenció la Corte Constitucional”.

El derecho a la salud debe ser respetado por las entidades responsables de asegurar y prestar el servicio como las IPS y la EPS, además, de los órganos de regulación una vigilancia del sistema, que adopten las medidas y así proteger el derecho de todos los colombianos.

Ahora en directo

ver programaciónver programas

Programas Recomendados

Síguenos en

 

Directo

  • Radio

  •  
Últimos programas

Estas escuchando

Noticias
Crónica 24/7

1x24: Radio Colombia

23/08/2024 - 01:38:13

Ir al podcast

Noticias en 3′

  •  
Noticias en 3′
Últimos programas

Otros episodios

Cualquier tiempo pasado fue anterior

Tu audio se ha acabado.
Te redirigiremos al directo.

5 "

Compartir