Guerrilleros condenados por delitos de lesa humanidad no podrían participar en política
"No debe olvidarse que las Farc son victimarios y no víctimas, indicó el jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez Maldonado.

(Thot)

El procurador general de la Nación indicó que la participación en política quedaría proscrita para los miembros de las Farc condenados por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra.
Según el jefe del Ministerio Público, así lo señalan la Constitución colombiana y los acuerdos internacionales, a los que habría que recurrir en caso de que el proceso de paz con las guerrilla de las Farc sea concluido con éxito.
“Una eventual paz acordada con el desconocimiento de la exigencia de justicia conllevaría a una paz no sostenible en el tiempo”, señaló. “El tratamiento de quienes han incurrido en delitos de carácter internacional es más complejo, al encontrarse una clara limitación jurídica en el bloque de constitucionalidad, que impide que puedan ser beneficiarios de amnistías, de indultos y de derechos políticos”.
Igualmente, Ordoñez recordó que los crímenes de lesa humanidad que se hayan cometido en Colombia después del año 2002, así como los crímenes de guerra que hayan sido perpetrados después del 5 de noviembre de 2009, son competencia de la Corte Penal Internacional, a la manera de un tribunal de reserva complementario, para casos que un Estado no quiera o no pueda judicializar dichos crímenes.
“Entre más alto sea el umbral de exigencia para las Farc en materia de verdad y reparación, más legitimidad tendrán las eventuales concesiones que se realicen en materia de justicia. En últimas, verdad y reparación son igualmente parte integral de hacer justicia. No debe olvidarse que las Farc son victimarios y no víctimas”, concluyó.
Según el jefe del Ministerio Público, así lo señalan la Constitución colombiana y los acuerdos internacionales, a los que habría que recurrir en caso de que el proceso de paz con las guerrilla de las Farc sea concluido con éxito.
“Una eventual paz acordada con el desconocimiento de la exigencia de justicia conllevaría a una paz no sostenible en el tiempo”, señaló. “El tratamiento de quienes han incurrido en delitos de carácter internacional es más complejo, al encontrarse una clara limitación jurídica en el bloque de constitucionalidad, que impide que puedan ser beneficiarios de amnistías, de indultos y de derechos políticos”.
Igualmente, Ordoñez recordó que los crímenes de lesa humanidad que se hayan cometido en Colombia después del año 2002, así como los crímenes de guerra que hayan sido perpetrados después del 5 de noviembre de 2009, son competencia de la Corte Penal Internacional, a la manera de un tribunal de reserva complementario, para casos que un Estado no quiera o no pueda judicializar dichos crímenes.
“Entre más alto sea el umbral de exigencia para las Farc en materia de verdad y reparación, más legitimidad tendrán las eventuales concesiones que se realicen en materia de justicia. En últimas, verdad y reparación son igualmente parte integral de hacer justicia. No debe olvidarse que las Farc son victimarios y no víctimas”, concluyó.






