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Gobierno expidió decretos contra el contrabando de calzado y confecciones

La decisión se tomó para reemplazar la medida que perdió vigencia el primero de noviembre y que fue establecida desde el 2013 para importaciones de estas mercancías.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

Imagen de referencia. Foto: Colprensa

El Gobierno Nacional expidió dos nuevos decretos con el fin de fortalecer el control aduanero contra el contrabando y la subfacturación de confecciones y calzado, y así cumplir con el fallo de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la controversia iniciada por Panamá.

Por ello, se aplicará una serie de controles aduaneros estrictos para mercancías con precios de importación ostensiblemente bajos, lo que permitirá fortalecer el sistema de riesgo de las importaciones de productos especialmente sensibles al comercio ilícito, como son las prendas de vestir y el calzado.

Para aquellas mercancías importadas por debajo de los umbrales de precios establecidos mediante el decreto, la Dian solicitará certificados de los proveedores en el exterior, en los que se evidencie la relación comercial con su cliente, certificaciones de la existencia del proveedor en el exterior, manifiesto del representante legal del agente aduanero en el que certifique conocimiento de su cliente, manifiesto del importador en el que certifique que el valor a declarar de la mercancía corresponde al valor pagado, así como garantías específicas para su importación, entre otros.

Los controles aplicarán a todas las importaciones de prendas de vestir y calzado que se declaren bajo los umbrales de precios ostensiblemente bajos, y por tanto aplicarán sin discriminación alguna por país de origen de dichas importaciones.

En ese sentido, la medida aplicará tanto a las importaciones con países con acuerdo comercial vigente con Colombia, como aquellos países que no lo tienen.

Al mismo tiempo, el pasado primero de noviembre dejó de aplicar el arancel mixto establecido desde el 2013 para las importaciones de confecciones y calzado, y que fue encontrado incompatible por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC en el caso con Panamá, por exceder en algunos casos el arancel máximo consolidado permitido.

En su reemplazo, el Gobierno Nacional estableció un umbral de 10 dólares por kilo para prendas de vestir y entre 6 y 10 dólares por par de zapatos (dependiendo del tipo de calzado), bajo el cual aplicará temporalmente el arancel máximo consolidado en la OMC (de 40% y 35%, respectivamente) y por encima del umbral, aplicará el arancel de 15% que existió hasta el año 2013.

Lo anterior refleja las conversaciones entre los Presidentes de Colombia y Panamá y las comunicaciones entre los Ministros de Comercio de ambos países. De esta manera, el Gobierno Nacional cumple con el fallo de la OMC, que obligaba al país a corregir la medida que tenía establecida, y lo sustituye por una serie de controles que le permiten combatir eficazmente el comercio ilícito sin afectar el comercio legal.

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