Hable con elPrograma

Selecciona tu emisora

PerfilDesconecta
Buscar noticias o podcast

EPS deben garantizar aborto a sus usuarios en los casos autorizados, dice Supersalud

La Superintendencia Nacional de Salud reiteró a prestadoras y Entidades Promotoras de Salud sus obligaciones en materia de interrupción voluntaria del embarazo.

Foto: El Tiempo.(Thot)

Foto: El Tiempo.

El ente supervisor impartió instrucciones a las entidades vigiladas con el fin de precisar y aclarar la forma en que deben garantizar el derecho constitucional a la Interrupción voluntaria del embarazo (IVE), en los tres casos autorizados por el derecho colombiano vigente.

Dichos casos, determinados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, son los siguientes:

1. Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o salud de la mujer, certificada por un médico.
2. Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico
3. Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

La Superintendencia también destacó que las E.P.S y demás aseguradoras deben contar en su red de prestadores con instituciones suficientemente capacitadas para realizar la IVE, sin estigmatizaciones o discriminaciones de ningún tipo.

Igualmente, recordó que el derecho constitucional a la objeción de conciencia es personal, no institucional, razón por la cual toda aseguradora o prestadora debe garantizar a sus usuarios o afiliados la posibilidad de practicarse IVE en los casos autorizados, cualquiera que sea su naturaleza pública o privada, laica o confesional.

“Las menores de 14 años tienen derecho a solicitar la práctica de IVE, sin que sea exigible el consentimiento de sus representantes legales”, señaló la Supersalud, que también indicó que los términos para evaluar o autorizar una IVE, en las tres hipótesis autorizadas, no pueden exceder un término razonable, que en general se estima de cinco días, contados a partir de la consulta.
 

Ahora en directo

ver programaciónver programas

Programas Recomendados

Síguenos en

 

Directo

  • Radio

  •  
Últimos programas

Estas escuchando

Noticias
Crónica 24/7

1x24: Radio Colombia

23/08/2024 - 01:38:13

Ir al podcast

Noticias en 3′

  •  
Noticias en 3′
Últimos programas

Otros episodios

Cualquier tiempo pasado fue anterior

Tu audio se ha acabado.
Te redirigiremos al directo.

5 "

Compartir