Discriminación por identidad de género no es un agravante: Corte Constitucional
La Sala Plena no acogió la petición de Eduardo Montealegre que pedía mayores sanciones para quienes discriminen a la población trans.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó en firme los artículos del Código Penal que sancionan a quienes discriminen o promuevan el racismo a sus semejantes por razones de etnia, ideología, sexo, orientación sexual, religión, enfermedad o nacionalidad.
La corporación no acogió las pretensiones de una demanda del exfiscal General, Eduardo Montealegre, para que se incluyera como agravante en los casos de discriminación o racismo “la identidad de género”.
Montealegre consideró que, al no incluir esa categoría, se presenta un déficit de protección en las personas transexuales, transformistas y travestis.






