Confirman sanción al Acueducto de Bogotá por ‘comportamiento abusivo’ frente a la competencia
Dicha sanción, de 310.668.781 de pesos, responde al abuso de posición dominante en las tarifas para el suministro de agua en bloque a las empresas EMAR y COOP JARDIN.

(Thot)

El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, confirmó la sanción impuesta por esta Superintendencia a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. – EAAB el pasado 14 de septiembre de 2012.
Dicha sanción, correspondiente 310’668.781 de pesos, responde al abuso de posición dominante en las tarifas para el suministro de agua en bloque a las empresas EMAR y COOP JARDIN, prestadoras del servicio público de acueducto, quienes compiten con la EAAB en la prestación de dicho servicio en algunos lugares de Soacha y de Bogotá.
Las razones por las que el Superintendente confirmó dicha sanción fueron:
- El suministro de agua en bloque a EMAR y COOP JARDIN por parte de la EAAB es legal y está fundamentado en contratos desde 1999.
- Tras la expedición de un acuerdo de junta directiva de la EAAB se dio un aumento de las tarifas entre junio de 2009 y febrero de 2010, que superó en el caso de EMAR el 90%, y en el caso de COOP JARDIN el 150% de las tarifas vigentes antes de la expedición del acuerdo.
- El incremento se hizo efectivo a EMAR y COOP JARDIN, únicas empresas que compiten con la EAAB , y no a todas las empresas de acueducto que adquieren agua en bloque de la EAAB en otros municipios.
- Las prácticas abusivas de la competencia en el suministro de agua en bloque pueden llegar a afectar la prestación de este servicio público esencial.
- El monto de la sanción impuesta tuvo como atenuantes: (i) el hecho de que la EAAB reajustó las tarifas a los montos que regían antes del incremento; y (ii) que el aumento tarifario no se vio reflejado en las tarifas cobradas por EMAR y COOP JARDIN a sus usuarios finales del servicio público de acueducto, en virtud del mencionado reajuste o reliquidación.
Dicha sanción, correspondiente 310’668.781 de pesos, responde al abuso de posición dominante en las tarifas para el suministro de agua en bloque a las empresas EMAR y COOP JARDIN, prestadoras del servicio público de acueducto, quienes compiten con la EAAB en la prestación de dicho servicio en algunos lugares de Soacha y de Bogotá.
Las razones por las que el Superintendente confirmó dicha sanción fueron:
- El suministro de agua en bloque a EMAR y COOP JARDIN por parte de la EAAB es legal y está fundamentado en contratos desde 1999.
- Tras la expedición de un acuerdo de junta directiva de la EAAB se dio un aumento de las tarifas entre junio de 2009 y febrero de 2010, que superó en el caso de EMAR el 90%, y en el caso de COOP JARDIN el 150% de las tarifas vigentes antes de la expedición del acuerdo.
- El incremento se hizo efectivo a EMAR y COOP JARDIN, únicas empresas que compiten con la EAAB , y no a todas las empresas de acueducto que adquieren agua en bloque de la EAAB en otros municipios.
- Las prácticas abusivas de la competencia en el suministro de agua en bloque pueden llegar a afectar la prestación de este servicio público esencial.
- El monto de la sanción impuesta tuvo como atenuantes: (i) el hecho de que la EAAB reajustó las tarifas a los montos que regían antes del incremento; y (ii) que el aumento tarifario no se vio reflejado en las tarifas cobradas por EMAR y COOP JARDIN a sus usuarios finales del servicio público de acueducto, en virtud del mencionado reajuste o reliquidación.






