Asilo político es para los perseguidos, no para los perseguidores, dice magistrado Arrubla
El presidente encargado de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Jaime Arrubla, explicó en la W Radio que el asilo político es concedido para disidentes o para grupos políticos perseguidos por una dictadura, pero nunca para una persona con “delitos comunes”.
El presidente encargado de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Jaime Arrubla, explicó en la W Radio que el asilo político es concedido para disidentes o para grupos políticos perseguidos por una dictadura, pero nunca para una persona con “delitos comunes”.
“Asilo es para los perseguidos, no para los perseguidores. El asilo debe proceder por orden de persecución política y no por delitos comunes”, señaló el magistrado.
Arrubla también dijo que cuando se trata de un persona que “está vinculada a un proceso judicial, allí no cabría el asilo”, porque no se le acusa de delitos políticos, “sino de abuso de poder”.
De igual forma, aclaró que él “no es juez” de la ex directora del DAS, María del Pilar Hurtado, y explicó que la responsabilidad de Hurtado “le corresponde a la Fiscalía”.
El magistrado Arrubla afirmó que la ex funcionaria tiene “todas las garantías” para enfrentar un juicio en Colombia. “El sistema judicial colombiano se las otorga”.






