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Senado asegura que Abelardo de la Espriella puede posesionarse en una base militar con una condición

El traslado de la ceremonia fuera del Capitolio Nacional dependería de una decisión conjunta del Senado y la Cámara de Representantes, que tendrían que autorizar el cambio de sede.

“De la Espriella podrá posesionarse en base militar si hay acuerdo entre Cámaras”: Secretario Senado

“De la Espriella podrá posesionarse en base militar si hay acuerdo entre Cámaras”: Secretario Senado

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Diego González, secretario general del Senado de la República, explicó en 6AM W de Caracol Radio cuáles serían los requisitos jurídicos y administrativos para que el presidente electo, Abelardo de la Espriella, se posesione en una base o guarnición militar el próximo 7 de agosto.

La discusión surgió luego de que el mandatario electo solicitara apoyo a la Presidencia de la República para coordinar visitas a tres bases militares, con la intención de evaluar la posibilidad de que la ceremonia de posesión se realice en una de ellas.

Ante esto, la Casa de Nariño respondió que el procedimiento habitual establece que el nuevo jefe de Estado debe jurar ante el Congreso pleno. Sin embargo, señaló que el Legislativo podría estudiar un cambio en el lugar de la ceremonia.

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¿Cuál es la condición para trasladar la posesión?

González aseguró que la Constitución Política y la Ley 5 de 1992 permiten que el Congreso cambie temporalmente su sede, siempre que exista un acuerdo entre las dos cámaras.

“El señor presidente podría posesionarse en una base o en una guarnición militar si se dan unos elementos”, dijo.

El secretario explicó que, aunque la sede ordinaria del Congreso es el Capitolio Nacional, las normas permiten que el Senado y la Cámara de Representantes acuerden trasladarse a otro lugar.

“Si tanto el Senado de la República como la Cámara de Representantes se ponen de acuerdo, podría trasladarse el Congreso en pleno a otro lugar para que el señor presidente electo pueda tomar posesión”, mencionó.

Lea aquí:Autoridades electorales ya dijeron quién es el presidente desde el 7 de agosto: MinDefensa saliente

El Congreso tendría que aprobar dos proposiciones

Para concretar la solicitud, el nuevo Congreso tendría que estudiar formalmente el traslado después de su instalación, prevista para el 20 de julio.

González señaló que una de las alternativas sería presentar una proposición en cada corporación, dirigida a autorizar el cambio de sede para la jornada de posesión: “Una vez se instale el nuevo Congreso y se tenga la solicitud formal del señor presidente electo de querer posesionarse en un lugar diferente, se podría aprobar una proposición en una y otra Cámara”.

“Lo que se necesita para que funcione el Congreso pleno es que exista un quórum decisorio, tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Representantes por separado”, explicó.

Con ese número mínimo de congresistas presentes, la sesión podría realizarse legalmente en la base militar seleccionada.

¿Qué dijo sobre el viaje de los congresistas a la base militar?

Sobre los costos del traslado, González dijo que no necesariamente representaría un gasto adicional sustancial, pues el Congreso ya cubre los desplazamientos de los legisladores hacia Bogotá.

“Para nosotros el costo sería igual. Lo único que tendría que cambiarse es el destino del vuelo hacia donde se van a dirigir los senadores y representantes”, dijo.

La posesión debe realizarse ante el Congreso pleno

De igual manera, habló del artículo 192 de la Constitución, que establece que el presidente debe tomar posesión ante el Congreso. Solo en caso de imposibilidad podría hacerlo ante la Corte Suprema de Justicia o, en su defecto, ante dos testigos.

González aclaró que el deseo de posesionarse en otro lugar no constituye, por sí mismo, una imposibilidad que habilite esas opciones excepcionales.

“El querer o la decisión de posesionarse en otro lugar no es necesariamente una situación que le impida al señor presidente posesionarse”, afirmó.

Por esta razón, si De la Espriella mantiene su intención de realizar la ceremonia en una guarnición militar, tendría que contar con el traslado formal del Congreso y cumplir allí el juramento ante los legisladores.

Por ahora no existe una solicitud formal

El secretario aclaró que el Congreso todavía no ha recibido una petición oficial para modificar el lugar de la posesión. Hasta ahora, según dijo, únicamente se ha hecho una consulta sobre la viabilidad del procedimiento.

“Lo que nos han hecho es una consulta, no una solicitud formal”, dijo.

No obstante, aseguró que no existe una prohibición constitucional o legal que impida llevar la ceremonia a otro lugar, siempre que se cumplan los pasos establecidos.

“No se encuentra ningún impedimento ni constitucional ni legal que nos diga que no se podría trasladar la sede del Congreso a otro lugar para que el señor presidente electo se pueda posesionar”, concluyó.

Escuche la entrevista completa AQUÍ:

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