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Reforma pensional: cuáles son los 4 pilares del nuevo sistema, a quiénes cobija y cómo funcionan

A continuación, le explicamos las personas que harán parte del sistema de pilares y qué beneficios tendrán.

La Corte Constitucional declaró exequibles la mayoría de los artículos de la reforma pensional, la Ley 2381 de 2024 del gobierno de Gustavo Petro; sin embargo, el alto tribunal devolvió algunos artículos a la Cámara de Representantes, que tendrá que debatirlos en un plazo de 30 días.

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El núcleo de la pensional, que fue avalado por la Corte, se basa en un modelo de cuatro pilares —Pilar Solidario, Pilar Semicontributivo, Pilar Contributivo y Pilar Voluntario— que busca ampliar la cobertura para quienes no logran pensionarse bajo las condiciones establecidas por la Ley 100.

Tras la decisión de la Corte, el nuevo sistema de pilares y la forma de cotización entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027. A continuación, le explicamos quiénes son las personas que harán parte del sistema de pilares y qué beneficios tendrán.

¿Cuáles son los 4 pilares del nuevo sistema?

Pilar Solidario

Según el texto aprobado, este pilar ampara las condiciones de los adultos mayores en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. En específico, cobija a colombianos, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años, que posean una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % y carezcan de una fuente de ingresos.

Bajo este pilar se otorgará un subsidio económico. La ley detalla que su financiación se hará con el Presupuesto General de la Nación y del Fondo de Solidaridad Pensional bajo la administración del Departamento de Prosperidad Social (DPS). Este pilar aplica exclusivamente a colombianos residentes en el país.

Pilar Semicontributivo

Personas afiliadas al sistema pensional que, al cumplir la edad de retiro, no hayan alcanzado los requisitos para acceder a una pensión contributiva, pero sí hayan realizado cotizaciones (entre 300 y 999 semanas). De acuerdo con la pensión, quienes tengan entre 300 y menos de 1,000 semanas cotizadas podrán acceder a un Beneficio Económico en forma de Renta Vitalicia.

Vale destacar que este pilar también incluye a las personas vinculadas a los Programa de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

Pilar Contributivo

Este pilar cobija a los trabajadores dependientes e independientes, así como a los servidores públicos y a cualquier persona con capacidad de pago que tenga más de 1.000 semanas. Se integra en dos componentes:

  • Prima Media: cotizaciones de los afiliados sobre los ingresos base de cotización que van desde un salario mínimo (1 smlmv) hasta 2.3 smlmv. Es administrado por Colpensiones.
  • Ahorro Individual: afiliados cuyos ingresos superen los 2.3 smlmv, recibiendo las cotizaciones por la parte que exceda dicho monto y hasta un límite de 25 smlmv.

Pilar Voluntario

Por último, el Pilar Voluntario lo integrarán las personas que decidan realizar un ahorro voluntario a través de los mecanismos existentes con el fin de complementar el monto de su pensión de vejez; dichos aportes serán inembargables y no les aplica la ley 2381.

¿Cuáles son los artículos que devolvió la Corte Constitucional?

El primero de ellos es el inciso 4.º del Artículo 11, que establece que las cuentas de ahorro individual del Pilar Contributivo son de propiedad del afiliado, de naturaleza privada y consideradas ingresos no contributivos de renta ni ganancia ocasional.

El segundo punto es el Artículo 14, que regula las características de las prestaciones en el Sistema de Protección Social Integral para la vejez.

El literal K del Artículo 19, que define que los recursos de las cuentas individuales se invertirán en fondos de pensiones bajo las condiciones que determine el Gobierno Nacional.

Los otros artículos en cuestión son el párrafo transitorio del Artículo 23, el Artículo 36, el inciso 2.º del Artículo 63, el número 5.º del Artículo 84, el inciso 1.º del Artículo 82, el Artículo 93 y la proposición para un nuevo artículo presentada por la congresista Jennifer Pedraza.

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Bogotá

Maria José Castro

Comunicadora Social - Periodista con experiencia...