Gobierno actualizó reglas de telemedicina en Colombia: estas son las nuevas cuatro categorías
El objetivo es ampliar el acceso a la atención médica, fortalecer la Atención Primaria en Salud.

(Oficial Caracol Radio)

El Ministerio de Salud actualizó las reglas para la prestación de servicios de salud a distancia con la expedición de la Resolución 1644 de 2026, una norma que reemplaza la regulación vigente desde 2019 y redefine el funcionamiento de la telemedicina en Colombia.
De acuerdo con el Gobierno Nacional, el objetivo es ampliar el acceso a la atención médica, fortalecer la Atención Primaria en Salud y facilitar que las personas, especialmente en zonas rurales, dispersas y de difícil acceso, puedan acceder a servicios especializados sin que el desplazamiento sea una barrera.
Uno de los principales cambios de la resolución es que organiza la telemedicina en cuatro categorías, cada una con funciones y responsabilidades específicas para los profesionales de la salud y los prestadores de servicios.
1. Telexperticia
Esta categoría permite que un profesional de la salud solicite el apoyo de otro especialista para la atención de un paciente. La interacción puede realizarse en tiempo real o de manera diferida, según las necesidades del caso, y busca fortalecer la toma de decisiones clínicas sin que el usuario tenga que desplazarse a otro centro asistencial.
Este mecanismo resulta especialmente útil para hospitales y centros de salud ubicados en municipios donde no hay especialistas permanentes, ya que facilita el acceso a conocimientos especializados desde cualquier región del país.
2. Teleconcepto
La resolución también fortalece el teleconcepto, una modalidad en la que un profesional solicita la opinión o el concepto de otro especialista para apoyar un diagnóstico o definir una conducta médica. A diferencia de la telexperticia, el paciente no participa directamente en la interacción, pues el intercambio se realiza entre profesionales mediante plataformas tecnológicas seguras.
Con esta herramienta se busca agilizar las interconsultas, reducir tiempos de respuesta y evitar remisiones innecesarias hacia ciudades donde se concentran los servicios de mayor complejidad.
3. Teleconsulta
La teleconsulta regula la atención directa entre el profesional de la salud y el paciente mediante tecnologías de la información. La consulta podrá realizarse desde el domicilio del usuario o desde un punto de enlace en telemedicina, siempre que existan las condiciones de conectividad, seguridad y confidencialidad requeridas.
La norma establece las responsabilidades del profesional durante la atención, incluyendo la identificación del paciente, la obtención del consentimiento informado, el diagnóstico, la formulación del tratamiento y el registro en la historia clínica.
4. Telemonitoreo
La cuarta categoría corresponde al telemonitoreo, que permite hacer seguimiento remoto al estado de salud de los pacientes mediante plataformas tecnológicas y dispositivos interoperables capaces de capturar y transmitir información clínica.
Esta modalidad busca generar alertas tempranas, apoyar la toma oportuna de decisiones médicas y garantizar la continuidad del tratamiento, especialmente en pacientes con enfermedades crónicas, personas que requieren seguimiento permanente o usuarios que viven lejos de los centros hospitalarios.
Además de reorganizar la telemedicina, la Resolución 1644 de 2026 incorpora nuevas obligaciones para los prestadores de servicios de salud en materia de protección de datos, interoperabilidad de la historia clínica electrónica, capacitación del talento humano y seguridad de la información.
También reconoce el uso de herramientas basadas en inteligencia artificial como apoyo para la atención clínica, siempre bajo la supervisión y responsabilidad de un profesional de la salud.

Claudia Camila Vargas
Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana. Incorporada en Caracol Radio...




