Destituyen e inhabilitan por 12 años a un agente de tránsito de Ibagué
Durante el proceso disciplinario se estableció que el servidor público abusó de las funciones propias de su cargo.


Ibagué
Caracol Radio conoció detalles del falló que en primera instancia profirió la Personería de Ibagué en contra un agente de tránsito adscrito a la Secretaría de Movilidad identificado como Jarbey Andrés Vergara. Falta que calificó gravísima a titulo de dolo.
“La investigación se originó a partir de una queja ciudadana presentada en 2022, relacionada con presuntas irregularidades en la gestión de un peritaje derivado de un accidente de tránsito ocurrido en la ciudad de Ibagué”, revela el informe presentado por parte de la Personería.
Durante el proceso disciplinario se estableció que el servidor público abusó de las funciones propias de su cargo al inducir a un ciudadano involucrado en un siniestro vial a realizar el pago de un peritaje mediante un mecanismo vinculado a una empresa con la que mantenía una relación personal.
“Esta conducta fue considerada objetivamente coincidente con la descripción típica del delito de concusión, prevista en el artículo 404 del Código Penal, para efectos disciplinarios”.
Tras un proceso disciplinario, la Personería de Ibagué impuso la sanción de destitución e inhabilidad por 12 años contra el agente de tránsito Jarbey Andrés Vergara por esta falta que calificó gravísima a título de dolo.
“El fallo concluye que este comportamiento comprometió gravemente los principios de moralidad, imparcialidad, transparencia y prevalencia del interés general que orientan el ejercicio de la función pública, configurando una falta gravísima en los términos del artículo 65 de la Ley 1952 de 2019”.
Finalmente, en un comunicado a la opinión pública la Personería Municipal de Ibagué reiteró que el ejercicio de la función pública exige absoluta integridad y que ningún servidor puede aprovechar las atribuciones o la información derivada de su cargo para obtener beneficios particulares o favorecer intereses privados.




