Jurados de votación elecciones presidenciales 2026: ¿A qué hora se deben presentar el domingo?
Le indicamos cuáles son las sanciones por no ejercer su labor de jurado de votación para el próximo domingo 21 de junio.
Jurados de votación elecciones presidenciales 2026: ¿A qué hora se deben presentar el domingo?
El próximo domingo 21 de junio se llevará a cabo una nueva jornada electoral, donde los colombianos podrán elegir, en segunda vuelta, al nuevo presidente de la república para el período 2026-2030.
Lea también: Elecciones segunda vuelta 2026: fecha, ley seca en Bogotá, horarios y tarjetón presidencial
Es por esta razón que la Registraduría Nacional del Estado Civil realiza un proceso de escogencia aleatoria en forma de sorteo, con la finalidad de designar a algunos ciudadanos para ejercer como jurados de votación en todo el país.
¿Si fue jurado de votación en primera vuelta lo es en segunda vuelta?
Los jurados de votación designados para la primera vuelta presidencial en Colombia deberán cumplir la misma función en la segunda vuelta del 21 de junio, sin nuevo sorteo y en el mismo puesto y mesa en los que prestaron su servicio el pasado 31 de mayo, de acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil.
¿A qué horas se debe presentar un jurado de votación para las elecciones presidenciales?
Según información de la Registraduría, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación deben presentarse en la mesa previamente designada a partir de las 7:00 de la mañana, a más tardar a las 7:30 de la mañana.
Ya que desde este horario se deben iniciar las labores de verificación del kit electoral entregado por la entidad para estos comicios presidenciales.
Le puede interesar: ¿Cómo van las elecciones en el exterior? Votaciones y fecha de resultados, según Registraduría
¿Hay alguna sanción por no presentarse como jurado de votación?
Si usted fue seleccionado como jurado de votación y no se presenta el día de las elecciones para desempeñar las funciones o las abandona, podrá recibir una multa equivalente hasta los 10 salarios mínimos legales vigentes.
Asimismo, también se podrán imponer sanciones a los jurados que no firmen el acta de escrutinio o Formulario E-14, tales como la imposición de una multa equivalente a 10 SMLMV.
En el caso de ser servidor público, se harán acreedores a la destitución del cargo que desempeñan.
Más información: ¿Cómo votaron los departamentos en las elecciones 2026? Así quedó el mapa político de Colombia
¿Cuáles son los motivos de exoneración de los jurados de votación?
Conforme al artículo 108 del Código Electoral, son causales de exoneración las siguientes:
- Grave enfermedad del jurado o su cónyuge, padre, madre o hijo.
- Muerte del jurado o de su cónyuge, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la elección.
- No ser residente en el lugar donde fue designado.
- Ser menor de 18 años (no aplica en elecciones de Consejos de Juventud).
- Haberse inscrito y votar en otro municipio.
Escuche Caracol Radio EN VIVO aquí:
Bogotá
Marylin León
Comunicadora Social y Periodista egresada de...Comunicadora Social y Periodista egresada de la Universidad Santo Tomás. Hace parte de Caracol Radio y el equipo de Gestión de Contenidos como productora desde hace más de 5 años. Ha manejado fuentes de salud, educación, medio ambiente y actualmente cubre temas culturales y se especializa en música.