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Guía práctica para tu matrícula mercantil en Cartagena

Muchos jóvenes pierden este beneficio sin saberlo

Muchos jóvenes pierden este beneficio sin saberlo: guía práctica para tu matrícula mercantil

Muchos jóvenes pierden este beneficio sin saberlo: guía práctica para tu matrícula mercantil

Emprender antes de los 35 años en Colombia puede significar un alivio económico clave en los primeros pasos de un negocio. Sin embargo, por desconocimiento de las reglas, muchos jóvenes dejan pasar —o pierden— los beneficios asociados a la matrícula mercantil. Con el fin de aclarar cómo acceder y, sobre todo, cómo conservar estos incentivos, la Cámara de Comercio de Cartagena presenta una guía práctica dirigida a emprendedores entre los 18 y 35 años, en el marco de la Ley 1780 de 2016 y su Decreto Reglamentario 639 de 2017.

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Entre los beneficios se encuentra la exención del pago de la matrícula mercantil y su primera renovación, un incentivo diseñado para facilitar la formalización y acompañar las etapas iniciales de los emprendimientos jóvenes, promoviendo empresas formales, sostenibles y alineadas con el cumplimiento de la ley.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio al momento de la matrícula?

Para personas naturales, se requiere tener entre 18 y 35 años, contar con una empresa cuyo personal no supere los 50 trabajadores, activos totales inferiores a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes y presentar la documentación exigida, incluida la manifestación expresa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 1780 de 2016 y el Decreto 639 de 2017.

En el caso de personas jurídicas, la empresa debe contar con la participación de una o varias personas entre 18 y 35 años que representen, como mínimo, la mitad más uno del capital social. Adicionalmente, debe cumplir con los límites de activos y número de trabajadores, presentar la relación de socios jóvenes con su porcentaje de participación y acreditar que no se encuentra incursa en causales de exclusión de los beneficios.

Lo que debes cumplir para mantener el beneficio en la primera renovación.

El beneficio no es automático ni permanente. Para conservarlo en la primera renovación mercantil, tanto personas naturales como jurídicas deberán ratificar el cumplimiento de los requisitos de edad, activos y número de trabajadores, anexar los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, debidamente firmados por contador o revisor fiscal, y manifestar el cumplimiento oportuno de las obligaciones laborales, de seguridad social y tributarias dentro de los términos legales.

Obligaciones que garantizan la permanencia del incentivo

Las empresas beneficiarias deberán realizar de manera oportuna los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral y cumplir con las obligaciones tributarias y de nómina a las que estén legalmente obligadas. El acceso y la permanencia en los beneficios están condicionados al cumplimiento responsable de estas obligaciones.

¿Cuándo se pierde el beneficio?

De acuerdo con la Ley 1780 de 2016, los beneficios se pierden, entre otros casos, por no renovar la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses del año, incumplir los aportes a seguridad social, no cumplir con las obligaciones tributarias o suministrar información falsa para acceder o conservar los incentivos. En estos casos, podrá exigirse la restitución de los beneficios y aplicarse las sanciones correspondientes.

Casos en los que no aplica el beneficio

No podrán acceder a estos beneficios las personas naturales que cancelen su matrícula mercantil y soliciten una nueva con la misma actividad económica, ni las personas jurídicas creadas por fusión, escisión, reconstitución o transferencia de establecimientos de comercio de empresas existentes con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1780 de 2016.

“Desde la Cámara de Comercio de Cartagena acompañamos a los jóvenes empresarios para que accedan de manera informada y responsable a los beneficios que establece la ley. Emprender joven tiene ventajas, pero también implica compromiso con la formalidad, el cumplimiento de las obligaciones laborales y tributarias y una gestión empresarial transparente, claves para construir empresas sostenibles y fortalecer el desarrollo económico del territorio”, señaló Andrea Piña, presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Cartagena.

La Cámara de Comercio de Cartagena invita a los jóvenes emprendedores a informarse, planear su proceso de formalización y acercarse a la entidad para recibir orientación y acompañamiento en cada etapa de su camino empresarial. ‎

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