Retroactivo pensional 2026: ¿quiénes lo reciben? Pilas, este derecho prescribe en Colombia
Muchos pensionados en Colombia desconocen este derecho fundamental que puede garantizarles un ingreso adicional.

Retroactivo pensional 2026: ¿quiénes lo reciben? Pilas, este derecho prescribe en Colombia. Getty Images
En Colombia, los pensionados cuentan con varios beneficios para sacar provecho de su mesada, protegiendo su bolsillo, sobre todo en situaciones en las que se presentan demoras logísticas. Esta es la función de recursos como la pensión retroactiva o el retroactivo pensional.
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En ese sentido, el retroactivo pensional es un derecho adquirido automáticamente cuando se cumplen los requisitos para pensionarse, sobre todo en casos en los que la fecha del reconocimiento por parte del fondo o administradora de pensiones es posterior a ello.
¿Qué es el retroactivo pensional y quién puede recibirlo?
A partir de la fecha en la que se cumplen los requisitos para pensionarse, bien sea por vejez, invalidez o sobrevivencia, el jubilado en Colombia tiene derecho a cobrar cada una de sus mesadas, sin importar que la misma sea reconocida posteriormente, como señala la Notaría 19 de Bogotá.
Así las cosas, bien sea en Colpensiones o en alguna de las administradoras de los fondos de pensiones, los beneficiarios tienen derecho a cobrar las mesadas que no les fueron pagadas.
Asimismo, cada uno de los tipos de pensiones vigentes tiene su fecha establecida desde cuando debe aplicar, sin falta, su reconocimiento, de la siguiente manera:
- Pensión de vejez: a partir de la fecha en la que se cumplen los requisitos para recibir pensión.
- Pensión de invalidez: a partir del pago de la última incapacidad o la fecha de invalidez (pérdida del 50 % de la capacidad laboral).
- Pensión de sobrevivientes: a partir de la fecha de defunción del cotizante o pensionado.
Sin embargo, hay situaciones que pueden producir que este derecho prescriba, por lo cual vale la pena conocer más a fondo las posibles causas.
¿Por qué prescribe el retroactivo pensional?
El Código Sustantivo del Trabajo en su artículo 488 establece que el derecho a reclamar el retroactivo pensional prescribe a los 3 años, “que se cuentan desde que la respectiva obligación se haya hecho exigible, salvo en los casos de prescripciones especiales establecidas en el Código Procesal del Trabajo o en el presente estatuto”.
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En ese sentido, como destaca el portal Consultor Contable, el mismo código establece en el artículo 489 que dicha prescripción puede ser interrumpida ante la reclamación presentada ante el empleador o la administradora de pensiones.
En dicho caso, el tiempo de la prescripción de 3 años se reinicia, por una única vez.
¿Cómo se reclama el retroactivo pensional?
Si desea reclamar las mesadas pendientes a través de la pensión retroactiva, tenga en cuenta el siguiente procedimiento:
- Notificar a la administradora de fondo de pensiones a través del formulario destinado para este fin.
- Adjunte el documento de reconocimiento de la pensión, la historia laboral y una copia de la cédula de ciudadanía.
La Notaría 19 resalta que la AFP tiene un mes para estudiar la solicitud y emitir una respuesta. La persona puede llevar a cabo una demanda ante juez laboral en caso de que las mesadas adeudadas no le sean reconocidas.



