Economía

Dian ha recaudado $237 mil millones de beneficios tributarios otorgados en emergencia económica

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales afirmó que el beneficio para los morosos consiste en la reducción de la tasa de interés al 4,5 % efectivo anual (antes del 22,36 %) y la disminución de las sanciones y actualización de sanciones al 15 %.

DIAN. (Foto Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images)

DIAN. (Foto Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images) / NurPhoto

La Dian reveló que durante este año han recaudado 237 mil millones de pesos “gracias a los beneficios tributarios del decreto de emergencia económica”.

Y es que en ese decreto, en el que también imponen impuestos a los juegos de suerte y azar operados a través de Internet, a los licores, cigarrillos, al patrimonio, entre otros, contempla beneficios para los morosos relacionados con la reducción de la tasa de interés al 4,5 % efectivo anual (antes del 22,36 %) y la disminución de las sanciones y actualización de sanciones al 15 %, sin que el valor a pagar sea inferior a la sanción mínima del año en que se liquidó (10 UVT).

“Esto representa un ahorro del 85 %”, señaló la Dian en un comunicado.

La entidad señaló que, para lograr ese resultado, se comunicó con 459 mil contribuyentes a través de correo electrónico, mensajes de texto y llamadas telefónicas asistidas por inteligencia artificial.

¿Cómo acogerse al beneficio?

La DIAN señaló que los colombianos interesados en acogerse a estos beneficios transitorios pueden acercarse a cualquiera de nuestros 56 puntos de contacto en todo el país. Consulte horarios y ubicaciones aquí:

https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/puntosdecontacto. aspx.

Los contribuyentes que deseen acceder a estas facilidades deben cancelar el 100 % de su obligación tributaria, aduanera o cambiaria a más tardar el 31 de marzo de 2026.

“Adicionalmente, los contribuyentes tienen plazo hasta el 30 de abril de 2026 para reducir sanciones e intereses moratorios por omisión o corrección de declaraciones tributarias, aduaneras y cambiarias; solicitar conciliaciones judiciales con la entidad; igualmente podrán normalizar su situación fiscal a través del Impuesto de Normalización Tributaria en caso de que hayan omitido activos o incluido pasivos inexistentes en sus declaraciones tributarias”, remató la Dian.

El siguiente artículo se está cargando

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad