¿Cuándo pagan los intereses de cesantías? Así puede calcular la cifra que debe recibir
Le contamos el plazo máximo que tienen su empleador para consignarle los intereses de cesantías.

¿Cuándo pagan los intereses de cesantías? Así puede calcular la cifra que debe recibir // Caracol Radio
Millones de trabajadores en Colombia están sujetos a contratos formales, ya sean estos de carácter a término fijo o indefinido, o inclusive en otras variantes, según estos contratos, el trabajador tiene derecho al pago de sus prestaciones sociales legales; entre ellos resalta las cesantías, un ahorro que funciona como un seguro de desempleo o como fondo de apoyo para proyectos de viviendo y educación superior.
Este pago obligatorio se consigna en diferentes fondos de ahorro como lo son Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia o el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), a estas entidades, los empleadores deben pagar directamente a sus trabajadores los intereses sobre esas cesantías.
¿Cuál es la fecha límite y el porcentaje de pago?
De acuerdo con el Ministerio de Justicia y lo estipulado en la Ley 50 de 1990, el empleador debe cancelar al trabajador un interés legal del 12% anual sobre las cesantías causadas en el año anterior o la fracción proporcional al tiempo laborado.
Es fundamental que los empleados tengan presente que este valor tiene como fecha máxima de pago el 31 de enero de 2026. A diferencia de las cesantías, que se consignan en el fondo de elección del trabajador, los intereses se hacen efectivos directamente al empleado.
La fórmula matemática para no dejarse engañar
Para saber exactamente cuánto dinero debe recibir por este concepto, existe una fórmula estandarizada que puede aplicar desde su casa. Según las fuentes, el cálculo se realiza tomando el valor total de las cesantías, multiplicándolo por los días trabajados en el año y por la tasa del 0,12 (12%), para luego dividir el resultado entre 360 días.
La fórmula es la siguiente:
- (Cesantías x Días trabajados x 0,12) ÷ 360.
Ejemplo práctico con el salario mínimo de 2025
Para ilustrar este beneficio, las fuentes proponen el caso de un trabajador que devengó el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) en 2025, el cual fue de $1.423.500, y laboró durante 10 meses (300 días).
El cálculo sería:
- • $1.423.500 (Cesantías) x 300 (Días) x 0,12 (Interés) = $51.246.000.
- • 51.246.000÷360 = 142.350 pesos colombianos.
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En este escenario, el trabajador deberá ver reflejado en su cuenta un pago de $142.350 pesos por concepto de intereses a más tardar el último día de enero.
¿Y las cesantías cuándo se deben pagar?
Ahora bien, aunque en enero se percibe este ingreso adicional, las empresas también deben gestionar el pago de las cesantías, que son equivalentes a un salario del trabajador, estas deben ser consignadas a más tardar el día 14 de febrero, fecha que coincida con la celebración del ‘Día del amor y la amistad’.




