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¿Puede cobrar dos pensiones al tiempo?: esto dice la Ley en Colombia y los casos en los que aplica

Algunos pensionados pueden acceder de manera simultánea a una pensión de invalidez y una pensión de sobrevivientes, siempre que cumplan ciertos requisitos. Aquí le explicamos en qué casos aplica y qué debe demostrar el beneficiario

Retroactivo pensional 2025. Imagen vía Getty Images

Retroactivo pensional 2025. Imagen vía Getty Images

El sistema general de pensiones, que se rige en Colombia bajo la Ley 100 de 1993, explica que solo se admite que un pensionado pueda recibir dos pensiones, teniendo en cuenta que esto solo aplica para casos muy específicos, los cuales tienen una serie de condiciones para poder aplicar.

Asimismo, allí se aclara que ningún pensionado puede recibir pensiones simultáneas de invalidez y vejez.

Por otro lado, la norma no admite que ninguna persona pensionada por vejez, adquiera una segunda pensión bajo el mismo riesgo, esto quiere decir que, si alguien ya tiene su pensión, no puede adquirir la de invalidez, ya que esa cubre otras necesidades.

Sin embargo, pese a lo anteriormente mencionado, la Ley 100 de 1993, junto a la sentencia T-326/13, hace una serie excepciones en las que el adulto mayor, puede acceder a dos pensiones.

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¿Cuáles son las dos pensiones a las que se puede acceder?

La Ley en Colombia estipula que existen dos casos en los que las personas pueden recibir estas dos mesadas económicas: pensión de invalidez y pensión de sobrevivientes. Estas pensiones están diseñadas con objetivos distintos, esto, según explica la sentencia T-326/13:

  • Pensión de vejez: esta pensión salvaguarda las “contingencias que provocan los estados de incapacidad” y pretende cubrir las necesidades básicas de quien no puede laborar, debido a sus condiciones de discapacidad.
  • Pensión de sobrevivientes: alcance del requisito de dependencia económica que deben acreditar los padres frente al fallecimiento de un hijo, lo que significa que, a falta de la ayuda financiera del cotizante fallecido, habría experimentado una dificultad relevante para garantizar sus necesidades básicas, es decir, la dependencia económica se predica del que habría echado de menos los aportes del causante para satisfacer las necesidades básicas, en caso de la ausencia de estos. 

La sentencia explica que una persona puede recibir simultáneamente una pensión de invalidez y una pensión de sobrevivientes, puesto que poseer una pensión de invalidez, no impide que se pueda acceder a la otra. Además, allí se agrega que no es obligatorio que el beneficiario viviera exclusivamente del dinero del pensionado o cotizante que murió.

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¿Qué debe demostrar el interesado si desea acceder a estas dos pensiones?

La persona que tenga la pensión de invalidez, deberá demostrar que:

  • Aunque recibe una pensión de invalidez, sí necesitaba la ayuda económica del hijo fallecido, ya sea para la alimentación, la vivienda, la salud u otras necesidades básicas.

Si la persona que está solicitando la pensión del fallecido logra demostrar esa necesidad económica, tiene derecho a la pensión de sobrevivientes.

El sistema general de pensiones permite que existan estos dos beneficios, ya que, la pensión de sobrevivientes se paga con las cotizaciones realizadas por el fallecido mientras estaba con vida, y a su vez, en el caso de la pensión por invalidez, se pagan con las cotizaciones realizadas por el cotizante, es decir, por el titular.

Es importante resaltar que ambas pensiones cumplen funciones diferentes, lo cual no las hace iguales. Además, los recursos que se utilizan para financiar ambas mesadas, se administran de maneras distintas, y de igual manera, la Ley deja en claro que debe ser demostrable las condiciones para adquirir la pensión de sobrevivientes.

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