Tribunal admite demanda de pérdida de investidura contra once concejales de Cúcuta
El proceso avanza por presunta indebida destinación de recursos al aprobar el Acuerdo 020 de 2025.

Tribunal admite demanda de pérdida de investidura contra once concejales de Cúcuta. / Foto: Caracol Radio.
Cúcuta.
El Tribunal Administrativo de Norte de Santander admitió una acción de pérdida de investidura contra nueve concejales de Cúcuta, a quienes se les señala de presunta indebida destinación de recursos públicos tras votar a favor del Acuerdo Municipal 020 de 2025, que reestructuró la Personería de la ciudad.
La demanda, presentada por el ciudadano William Augusto Jácome Urrea, sostiene que los corporados habrían aprobado un proyecto que contemplaba el pago de indemnizaciones con ingresos corrientes de libre destinación, lo cual -según el demandante- vulneraría el ordenamiento legal, pues estos recursos no pueden emplearse para obligaciones de carácter extraordinario.
En el escrito, Jácome advierte que la decisión del Concejo comprometería al municipio en gastos que no cuentan con una fuente de financiación permitida por la ley.
Entre los concejales incluidos en la acción están Víctor Guillermo Caicedo Pinzón, Albert Lufrandy Casadiegos, Edison Ernesto Contreras Rodríguez, Jair Antonio Díaz Ardila, Guillermo León Báez, Sergio David Matamoros Rueda, Álvaro Andrés Raad Forero, Carlos Alberto Dueñas Yaruro, Carlos Luis Chacón Contreras, Jhon Jairo Villamizar Mora y Jefferson Castellanos Silva, todos elegidos para el periodo constitucional 2024–2027.
En el auto de admisión, el Tribunal consideró que la demanda cumple con los requisitos exigidos y ordenó notificar personalmente a cada uno de los concejales para que, en un plazo de cinco días, respondan a las acusaciones y alleguen las pruebas que consideren pertinentes.
También solicitó a la Organización Electoral la certificación oficial de sus credenciales.
Tras cumplirse el término de traslado, el despacho procederá a evaluar las pruebas y continuar con el trámite de fondo.
De ser declarada procedente la pérdida de investidura, los concejales perderían su curul y quedarían inhabilitados para ejercer cargos de elección popular, según lo establece la Ley 1881 de 2018.
El proceso seguirá su curso en Sala Plena, mientras los corporados preparan su defensa frente a uno de los mecanismos sancionatorios más severos dentro del ordenamiento jurídico colombiano.



