Justicia

Colpensiones responde a Ibáñez: no estamos dilatando la Reforma Pensional

Esta semana se decidirá sobre la recusación al magistrado Héctor Carvajal.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez y Colpensiones. Fotos: suministradas.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez y Colpensiones. Fotos: suministradas.

JUSTICIA

En las últimas horas, Colpensiones le respondió a la Corte Constitucional por el auto que emitió el magistrado, Jorge Enrique Ibáñez, sobre un presunto incumplimiento de la entidad, en el envío de los conceptos que elaboró Héctor Carvajal, antes de ser magistrado, sobre la Reforma Pensional.

Recordemos que dichos documentos fueron solicitados en un trámite accidental de recusación, interpuesto por la senadora Paloma Valencia, que busca apartar a Carvajal de este debate en la Sala Plena.

En concreto Colpensiones asegura que cumplió oportunamente la orden y que las pruebas electrónicas enviadas, son válidas dentro de este trámite. En ese sentido, reiteran que no están dilatando el trámite de la Reforma Pensional.

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“Se cuestiona entonces que, el Magistrado Sustanciador atribuya a Colpensiones que su actuación está encaminada a dilatar u obstaculizar el trámite de la acción pública de inconstitucionalidad, cuando, por el contrario, ha venido trabajando de tiempo atras para lograr consolidar la reforma contenida en la Ley 2381 de 2024, como el mayor avance social de los últimos tiempos para lograr una justicia social de mayor cobertura para la población más vulnerable, asegurarle a toda la población una vejez digna y también proteger las finanzas públicas", indica Colpensiones.

Se espera que este jueves, la Sala Plena de la Corte Constitucional debata si aparta o no al magistrado, Héctor Carvajal, del debate de la Reforma Pensional.

Magistrado Ibáñez propone tumbar la Reforma Pensional por vicios de trámite en el Congreso

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, actual presidente de la Corte Constitucional, presentó una ponencia que propone declarar inexequible la Ley 2381 de 2024, norma mediante la cual se creó la reforma pensional.

El magistrado habría hallado vicios de procedimiento que no se lograron corregir en su nuevo paso por el Congreso de la República. La decisión final la tendrá la Sala Plena.

La decisión se basa en la omisión del debate del articulado del proyecto de ley por parte de la Cámara de Representantes, lo que impidió a las minorías congresariales ejercer plenamente su derecho a deliberar y presentar proposiciones modificatorias.

La Corte había identificado previamente este vicio en el Auto A-841 de 2025 y ordenó a la Cámara de Representantes someter nuevamente a discusión y votación la proposición sustitutiva que acogía el texto del Senado, garantizando que se debatiera con suficiencia y se votara el texto del proyecto de ley.

Sin embargo, durante las sesiones extraordinarias realizadas los días 27 y 28 de junio de 2025, la Cámara de Representantes solo cumplió parcialmente con lo ordenado.

Si bien debatió y votó la proposición sustitutiva, se negó expresamente a continuar con el debate del articulado. Por 100 votos contra 11, la plenaria decidió no reabrir la discusión del texto del proyecto, privando nuevamente a las minorías de la posibilidad de presentar y debatir proposiciones modificatorias.

La Corte Constitucional consideró que esta decisión constituye un incumplimiento del mandato judicial y reproduce el vicio original que se pretendía subsanar. En consecuencia, el magistrado Ibáñez pide declarar la inexequibilidad de la Ley 2381 de 2024.

La decisión, de aprobarse, implicaría el hundimiento definitivo de la reforma pensional, una de las principales apuestas sociales del presidente Gustavo Petro.

La ponencia será discutida a mediados de noviembre, pero el panorama no es favorable para el Gobierno. De los nueve magistrados que integran la Corte, no todos respaldarían la constitucionalidad de la norma.

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