Corte alerta aumento en los servicios en salud negados por las EPS; aún no hay registro de MinSalud
Además, el alto tribunal asegura que el Ministerio de Salud no ha dado avances significativos en la creación de un Registro de Negación de Servicios.

Paciente mayor esperando a ser atendido en un centro de salud (Getty Images)
JUSTICIA
La Corte Constitucional le hace especial seguimineto a la sentencia T-760 de 2008 que ordenó una serie de medidas para garantizar el servicio de salud en Colombia.
En esta oportunidad, la Sala Especial de Seguimiento declaró que hay un cumplimiento bajo a la orden décima novena que pedía crear un registro de servicios negados por las EPS, con el propósito de conocer las razones de dicha restricción y evitar que servicios incluidos en el Plan de Beneficios sean denegados por estas entidades.
“La Sala de Seguimiento advirtió que el Ministerio de Salud no expidió una nueva normatividad para regular el Registro de Negaciones de Servicios y sigue vigente la Resolución 3539 de 2019 que no incluye los servicios autorizados y no suministrados de forma oportuna, ni prevé el mecanismo de alarmas cuya creación fue ordenada en el Auto 411 de 2015″, indicó la Corte.
Asimismo, la Corte aseguró que el Ministerio de Salud no informó sobre la deuda de las EPS por la devolución de la Unidad de Pago por Capitación cuando niegan servicios PBS, ni presentó el historial de reembolsos solicitados, los montos realmente recuperados o las acciones administrativas o judiciales iniciadas.
Servicios negados por las EPS aumentaron entre 2023 y 2024
En este análisis la Corte encontró que entre el tercer trimestre de 2023 y el cuarto trimestre de 2024 se reportó un incremento de negaciones del 150,64 % de servicios Plan de Beneficios en Salud UPC, y del 109,88% de Plan de Beneficios en Salud No UPC.




