¿Colombia tendrá más festivos en 2026?: Así quedó el calendario de puentes
Conozca aquí cuáles serán los días festivos el próximo año, para que de esta forma planee sus vacaciones con anticipación.

¿Colombia tendrá más festivos en 2026?: Así quedó el calendario de puentes
Para el 2026, Colombia contará con 18 días festivos remunerados, lo que supone más días de descanso para los trabajadores.
En el país, los ciudadanos esperan los días feriados o los tradicionales puentes con el objetivo de poder salir de viaje o disfrutar de un periodo de descanso más largo.
Gracias a la aplicación de la Ley Emiliani (Ley 51 de 1983), cientos de empleados tienen derecho al descanso remunerado durante las fiestas patrias y de carácter religioso.
Estos son los días festivos del 2026
- 1 de enero (jueves): Año Nuevo.
- 12 de enero (lunes): Reyes Magos.
- 23 de marzo (lunes): Día de San José
- 2 de abril (jueves): Jueves Santo
- 3 de abril (viernes): Viernes Santo
- 1 de mayo (viernes): Día del Trabajo
- 18 de mayo (lunes): Ascensión de Jesús
- 8 de junio (lunes): Corpus Christi
- 15 de junio (lunes) Sagrado Corazón de Jesús
- 29 de junio (lunes): San Pedro y San Pablo
- 20 de julio (lunes): Día de la Independencia
- 7 de agosto (viernes): Batalla de Boyacá
- 17 de agosto (lunes): Asunción de la Virgen
- 12 de octubre (lunes): Día de la Raza
- 2 de noviembre (lunes): Todos los Santos
- 16 de noviembre (lunes): Independencia de Cartagena
- 8 de diciembre (martes): Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre (viernes): Navidad
¿Qué son los puentes festivos?
Los puentes festivos son días de descanso que se prolongan por trasladar un feriado al lunes más cercano, para generar fines de semana largos, lo cual fue posible gracias a la Ley Emiliani. Varios festivos que no caen originalmente en lunes se moverán para ese día o serán efectivamente aprovechados para descanso extendido.
Así quedaron los puentes festivos para el 2026
- Puente de Reyes: del sábado 10 al lunes 12 de enero.
- Puente de San José: del sábado 21 al lunes 23 de marzo.
- Puente de Semana Santa: desde el jueves 2 al domingo 5 de abril.
- Puente del Día del Trabajo: del viernes 1 al domingo 3 de mayo.
- Puente de la Ascensión: del sábado 16 al lunes 18 de mayo.
- Puente de Corpus Christi: del sábado 6 al lunes 8 de junio.
- Puente del Sagrado Corazón: del sábado 13 al lunes 15 de junio.
- Puente de San Pedro y San Pablo: del sábado 27 al lunes 29 de junio.
- Puente del Día de la Independencia: del sábado 18 al lunes 20 de julio.
- Puente de la Batalla de Boyacá: desde el viernes 7 al domingo 9 de agosto.
- Puente de la Asunción: del sábado 15 al lunes 17 de agosto.
- Puente del Día de la Raza: del sábado 10 al lunes 12 de octubre.
- Puente de Todos los Santos: del sábado 31 de octubre al lunes 2 de noviembre.
- Puente de Independencia de Cartagena: del 14 al lunes 16 de noviembre.
- Puente de Navidad: desde el viernes 25 al domingo 27 de diciembre.
Es importante que tenga en cuenta que:
- Estos días festivos aplican para trabajadores con contrato formal, quienes tienen derecho legal a descanso remunerado en esas fechas.
- No todos los feriados generan puente, pues algunos ya caen naturalmente en lunes, martes o viernes, lo que hace que el traslado no aplique.
- Si está planeando viajes, eventos o actividades, es conveniente que revise el calendario completo para organizarlos con anticipación.
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