Economía

¿La declaración de renta debe ir firmada por un contador? DIAN explica casos y más

No todas las declaraciones de renta deben llevar la firma de un contador público. Este requisito solo aplica para personas naturales que superen ciertos topes establecidos. Le explicamos:

Logo de la Dian e imagen de referencia de renta. Fotos: Dian y Getty Images

Logo de la Dian e imagen de referencia de renta. Fotos: Dian y Getty Images

Con la llegada del calendario de vencimientos para la presentación de la declaración de renta de 2025, del año gravable anterior, muchos contribuyentes se preguntan si es obligatorio contar con la firma de un contador público en el documento.

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Según el numeral 6 del artículo 596 del Estatuto Tributario, es un requisito formal que ciertas declaraciones tributarias sean firmadas por un contador público o revisor fiscal. Si esta firma falta en los casos donde es obligatoria, la declaración se considera como no presentada. Las empresas que deben tener revisor fiscal también deben presentar declaraciones firmadas por este profesional.

Es importante consultar con un contador o asesor financiero para entender completamente cómo esto aplica a tu situación específica. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaró en qué casos se requiere de estas firma y quiénes son las personas que están exentas de este requisito.

¿La declaración de renta debe ir firmada por un contador?

De acuerdo con la DIAN, no todas las declaraciones deben llevar la firma de un contador público, ya que solo aplica para las personas que superan ciertos topes establecidos por la ley en cuanto a ingresos brutos, patrimonio, consignaciones bancarias, entre otros.

“Los demás contribuyentes y entidades obligadas a llevar libros de contabilidad deberán presentar la declaración de renta o de ingresos y patrimonio, según sea el caso, firmada por un contador público (vinculado o no laboralmente a la empresa o entidad) cuando el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable, o los ingresos brutos del año respectivo, sean superiores a 100.000 UVT ($4.706´500.000 AG 2024)“, explicó la DIAN.

Es decir, si una persona natural está obligada a llevar contabilidad, también deberá incluir la declaración firmada. La entidad recordó que los errores por firmas pueden generar sanciones o requerimientos adicionales.

Otros casos en los que se podrá solicitar la firma de un contar:

Para el año gravable de 2024, los contribuyentes que hayan tenido ingresos brutos superiores a 1.400 UVT ($ 65.891.000) o un patrimonio superior a 4.500 UVT al 31 de diciembre de 2024 ($ 211.793.000), deberán contar con la firma de un contador en su declaración.

Los topes para este 2025 (AG 2024) son:

  • Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2024, haya sido superior a 4.500 UVT: 211.793.000
  • Que, en 2024, sus ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a 1.400 UVT: 65.891.000
  • Que sus consumos con tarjeta de crédito, en 2024, hayan sido superiores a 1.400 UVT: 65.891.000
  • Que el valor total de sus compras y consumos, en 2024, hayan sido superiores a 1.400 UVT: 65.891.000
  • Que el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, en 2024, hayan sido superiores a 1.400 UVT: 65.891.000

¿Cuánto toca declarar renta en 2025?

Tal como indica la Resolución 139 de septiembre de 2023, todas las personas naturales (incluidas las que viven en el exterior) deberán presentar su declaración a través del Servicio Informático de Diligenciamiento de la DIAN es decir, ya no es posible presentar las declaraciones en medios litográficos en las entidades autorizadas para recaudar.

Las fechas correspondientes para la presentación de la Declaración de renta en 2025 son entre el 12 de agosto y el 24 de octubre, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT. Si no presenta la declaración de renta dentro de los plazos establecidos, se incurre en una sanción por extemporaneidad conforme lo dispuesto en el artículo 641 del Estatuto Tributario.

La DIAN reiteró que es crucial que los contribuyentes verifiquen su situación particular y consulten un profesional si tienen dudas. En la página oficial se podrán verificar los topes actualizados y herramientas necesarias para cumplir correctamente con esta obligación tributaria.

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