Justicia

Por no tener la firma de todos los ministros, Corte tumba cuatro decretos de conmoción en Catatumbo

Luis Carlos Reyes y Polivio Rosales firmaron de forma incorrecta.

Corte Constitucional imagen de referencia. Foto: Colprensa.

Corte Constitucional imagen de referencia. Foto: Colprensa. / Sergio Acero

JUSTICIA

La Corte Constitucional avanza con el control automático e integral de constitucionalidad de 22 decretos que fueron expedidos por el Gobierno Nacional en el marco del estado de conmoción interior en el Catatumbo.

En las últimas horas este tribunal declaró inexequibles varios decretos. Llama la atención que 4 de estos actos administrativos se caen porque no superaron el examen de constitucionalidad por NO contener la firma de todos los ministros.

De hecho, los ministros que firmaron mal fueron en su momento, Luis Carlos Reyes y Polivio Rosales.

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La Corte encontró que este decreto no fue suscrito por todos los ministros del gobierno y, por tanto, incumplió el requisito previsto en el artículo 214.1 de la Constitución Política.

“Esto, por cuanto se probó que el viceministro Polivio Leandro Rosales Cadena y el ministro Luis Carlos Reyes Hernández no ejercían las funciones de ministros de Agricultura y de Comercio respectivamente. Para la fecha, estas funciones eran ejercidas por la ministra Martha Viviana Carvajalino y la ministra encargada del Ministerio de Comercio, Ana María Zambrano Solarte”, indicó la Corte.

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Pese a que la Corte encontró que este este decreto si cumplía con los requisitos en el estado de conmoción, pues estaba dirigido a facilitar comunicaciones seguras y eficaces para el desarrollo de operaciones de socorro, no cumplía con requisitos de forma.

“La Corte encontró que el decreto legislativo fue suscrito por dos funcionarios que no tenían competencia al momento de su expedición: el ministro de Comercio, Luis Carlos Reyes Hernández, quien se encontraba en disfrute de un permiso remunerado que dio lugar a la vacancia temporal del empleo; y el viceministro Polivio Leandro Rosales Cadena, cuyo encargo como ministro de Agricultura y Desarrollo Rural había finalizado el día anterior”, indicó la Corte.

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La Sala Plena encontró que las medidas contenidas en este decreto guardaban relación con la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros GAOr, la crisis humanitaria derivada de desplazamientos forzados y confinamientos masivos.

No obstante, fue firmado por los los ministros Luis Carlos Reyes y Polivio Rosales, cuándo, como se ha dicho anteriormente no estaban habilitados.

“El vicio previamente descrito tiene el carácter de insubsanable y, en consecuencia, el Decreto 137 de 2025 debía ser declarado inexequible con efectos hacia futuro”, indicó la Corte.

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Pese a que el Tribunal aseguró que este decreto cumplía parcialmente con los requisitos para ser avalado, los requisitos de forma terminaron por declararlo inexequible.

“En ese análisis, la Corte encontró que el Decreto 132 de 2025 no superó la exigencia formal de haber sido firmado por todos los ministros, pues dos de los funcionarios que lo firmaron carecían de competencia constitucional y legal para hacerlo”, dijo la Corte.



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