Hay una orden directa de imputar: argumento de recusación del gobernador de Antioquia a la Fiscal
Caracol Radio conoció parte del documento donde la defensa del gobernador argumenta que la fiscal atentan contra la presunción de inocencia.

Gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón. Foto: W Radio
Medellín, Antioquia
Caracol Radio conoció parte del documento de recusación interpuesta por la defensa del gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, contra la fiscal general de la nación, Luz Adriana Camargo, por considerar que sus declaraciones públicas generaron prejuzgamiento e influyen de forma indebida en los fiscales encargados de los procesos que lo involucran.
Según el documento, la fiscal habría enviado un mensaje directo a sus subalternos —especialmente a los fiscales delegados ante la Corte Suprema— al afirmar que el gobernador debía ser imputado, a pesar de que no ha sido llamado, notificado o citado a ninguna audiencia formal por los procesos penales que hoy cursan en su contra.
“La afirmación de la fiscal es sesgada de la realidad y genera un prejuicio mediático y social contra el Gobernador. Además, crea incertidumbre jurídica y zozobra en la opinión pública, especialmente en la ciudadanía antioqueña”, señala la recusación.
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La defensa calificó como irresponsable la afirmación pública de Camargo, indicando que equivale a una “imputación ya realizada”, cuando los procesos apenas se encuentran en etapa de indagación. “Estas declaraciones atentan contra la presunción de inocencia, principio que debe mantenerse incólume mientras no exista una sentencia judicial en firme”, añadió el abogado.
Uno de los argumentos centrales de la recusación es que las manifestaciones de la fiscal general se produjeron un día hábil después de la polémica visita del presidente Gustavo Petro a Medellín, donde se reunió públicamente con siete jefes de estructuras criminales recluidos en la cárcel La Paz de Itagüí. El gobernador Rendón rechazó abiertamente ese encuentro y denunció que el Gobierno estaba legitimando a los victimarios.
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“En este contexto de confrontación política, la manifestación extraprocesal de la fiscal se convierte en un acto que mezcla indebidamente la actividad judicial con una postura política”, sostuvo la defensa.
Además, se cuestiona la “inusual celeridad” que ha tomado la Fiscalía Cuarta Delegada ante la Corte Suprema desde la llegada de la fiscal Diana Yolima Niño Avendaño. Según el documento, en menos de un mes se han desplegado 30 actividades investigativas, una dinámica que no se observó en los más de dos años previos del proceso, que pasó por cuatro fiscales distintos.
La recusación invoca la causal 4 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), que establece como motivo de impedimento que el funcionario judicial “haya dado consejo o manifestado su opinión sobre el asunto materia del proceso”. La defensa argumenta que las declaraciones públicas de Camargo, al señalar que hay una formulación de imputación, se constituyen en una opinión sustancial y vinculante.



