Juzgado ampara derechos a la honra y el buen nombre del Rector de la Universidad de Córdoba
El rector Jairo Torres Oviedo fue amparado tras identificarse publicaciones difamatorias en redes sociales realizadas por dos estudiantes.

Jairo Torres, rector de la Universidad de Córdoba. Foto: Cortesía(Thot)
Montería
El Juzgado Segundo Civil de Montería emitió un fallo a favor de Jairo Torres Oviedo, rector de la Universidad de Córdoba, al confirmar la vulneración de sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre.
La decisión judicial surge a raíz de las acciones de los estudiantes Daniel David Martínez Avilez y Brayan David Otero Yen, quienes, según el despacho judicial, realizaron publicaciones con “afirmaciones falsas y descalificantes” dirigidas al rector. Estas publicaciones se difundieron a través de un video en la cuenta de Instagram “Unicordobaunida”.
Como resultado de este fallo, el juez ha dictaminado que los estudiantes Martínez Avilez y Otero Yen deben eliminar todas las publicaciones que guarden relación con el rector Jairo Torres Oviedo.
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Este proceso debe completarse en un plazo máximo de tres días, abarcando no solo la mencionada red social, sino también cualquier otro medio de comunicación masiva donde dichas publicaciones pudieran haber sido difundidas. Adicionalmente, el fallo exige que ambos estudiantes se retracten y rectifiquen públicamente las afirmaciones vertidas, utilizando para ello las mismas plataformas en las que se emitieron las acusaciones iniciales.
Reflexiones del rector
Tras conocer la determinación del Juzgado, el rector Torres Oviedo compartió sus reflexiones sobre la importancia de este tipo de procesos en la formación académica.
Manifestó que “La universidad forma para transformar seres humanos que se conviertan en sujetos de transformación. Corregir y rectificar hace parte de ese proceso formativo.”
El rector también extendió un mensaje a los jóvenes involucrados, instándolos a ser “deliberantes y libres, con argumentos y respetando al otro y los otros”, subrayando que “Solo así podemos construir una democracia deliberativa.”
Es relevante señalar que el juez enfatizó, tanto en los considerandos como en la parte resolutiva de su dictamen, que la conducta que motivó la tutela es responsabilidad exclusiva de las acciones individuales de los dos estudiantes mencionados, desvinculándola de cualquier otra entidad o grupo.




